OIT evidencia problemas de compatibilidad entre regímenes del sistema de pensiones en Colombia

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A través de un comunicado, el Ministerio de Trabajo expuso los argumentos de los expertos de la Organización Internacional del Trabajo(OIT), sobre el sistema pensional de Colombia.


Por: Redacción 360 Radio

Según los parámetro de la Organización Internaciones del Trabajo, Colombia debe realizar una reforma pensional, y tendrá que ser con un carácter estructural, tanto para cumplir con los parámetros que manda la Constitución, de volver al sistema más eficiente, universal y con el Estado direccionando la seguridad social; como para estar acorde con los estándares internacionales.

Recordemos que el Gobierno de Gustavo Petro alista una reforma pensional, en la que no subirán ni la edad de pensión. ni el tiempo de cotización.

Los expertos compartieron en la subcomisión de reforma pensional ante representantes de los gremios, de los trabajadores, del Gobierno nacional y académicos, un estudio comparativo del análisis de la legislación y práctica nacional frente al Convenio No. 102, la cual establece:

El periodo de cotización de un afiliado es de 30 años, lo que equivale a 1.500 semanas, mientras que en Colombia, la regla vigente es que, para adquirir el derecho a la jubilación, se deben completar 1.300 semanas (26 años) en el esquema público, y 1.150 semanas en el privado. De primerazo, la OIT ve en esa diferencia interna entre regímenes, una inequidad. Y las diferencias entre lo que exige el organismo internacional y lo que rige en Colombia parecen no ser impedimento para que el país ratifique el Convenio.

La oficial de la OIT, Maya Stern-Plaza Logal, señaló: “Hemos concentrado nuestro enfoque sobre los sistemas de pensiones de vejez y los insumos preliminares muestran que hay todavía problemas de compatibilidad entre el régimen de pensiones tanto el de prima media, como el de la RAIS (fondos de pensiones), que necesitarían unos cambios estructurales, con el fin de asegurar la suficiencia en la prestación”.

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A la OIT no le cuadra el hecho de que las pensiones para los afiliados al régimen privado, a través de las modalidades de retiro programado y retiro con bono pensional tengan una mesada que se recalcula cada año con base en ciertas variables, lo que no garantizaría que las personas reciban una asignación estable durante todo el periodo de disfrute de la jubilación. “Salvo en los casos en los que el beneficio es igual a la pensión mínima, con el paso del tiempo, el monto de la pensión puede disminuir en términos reales, toda vez que la prestación es recalculada anualmente en función de la rentabilidad del capital existente en la cuenta individual y otros factores exógenos”.

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