Ciertamente, este Acto legislativo le dio un vuelco total al SGR, tanto en la distribución como en la gestión de sus recursos.
Por: Amylkar Acosta
A la presión de las regiones productoras para que se mejore su participación en los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) se vino a sumar la de las empresas mineras y petroleras que venían enfrentando el rechazo a su actividad en las regiones. Como lo dijo claramente la ex directora del DNP Gloria Alonso, “si no les hacemos ver a las regiones productoras los beneficios que puede traer la explotación de los recursos naturales no renovables, ni los productores ni los no productores van a ver las regalías”.
Ciertamente, este Acto legislativo le dio un vuelco total al SGR, tanto en la distribución como en la gestión de sus recursos. En primer lugar, se incrementó el ingreso tanto a los departamentos como a los municipios productores y portuarios, cuya asignación directa pasó del 11% al 20%, más un 5% adicional para los municipios productores. Podemos decir que con esta reforma se le mejoraron ostensiblemente sus ingresos, aunque no suficiente.
Pero, como se trataba, según lo dijo la ex ministra de Minas y Energía María Fernanda Suárez de disponer de “más plata para los productores de manera importante y para los no productores también”, se terminó sacrificando el ahorro. Un 34% de los recursos del SGR corresponderá a la Asignación para el Desarrollo Regional, para proyectos de mayor impacto. De otra parte, se prevé que un 12.68% se le asignará a los municipios más pobres. El Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación pasará de recibir el 9.45% al 10%.
Hay tres aspectos relevantes y novedosos en la Ley que reglamenta este Acto legislativo expedida por el Congreso de la República dignos de destacarse. En primer lugar se garantiza la asignación de los recursos para la implementación del Acuerdo final para la terminación del conflicto con las FARC, para garantizar el financiamiento de los planes de desarrollo con enfoque territorial (PDET).
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De otra parte, se les garantiza a los pueblos indígenas un punto porcentual de la inversión de la Asignación para la inversión local. Además, explícitamente se establece que lo que destinan los municipios y departamentos de sus ingresos corrientes por concepto de asignaciones directas, pasan del 3% al 4.5% y del 1% al 2% de su presupuesto bienal, respectivamente, para proyectos de inversión con enfoque diferencial en los pueblos indígenas y las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
Otro aspecto de primordial importancia es el tocante con el medioambiente. Se prevé el 1% de los recursos del SGR corresponderán a la Asignación Ambiental, la cual tendrá por objeto “la conservación de las áreas ambientales estratégicas y la lucha contra la deforestación”. Finalmente, a la hora de la priorización y aprobación de los proyectos de inversión de la Asignación para la Inversión Regional” se destacan los “proyectos de recuperación y estabilización ambiental y reforestación”.