Estas son las actividades exceptuadas con la prolongación de la cuarentena

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En total, habrá 43 excepciones en el marco del aislamiento preventivo obligatorio a partir del próximo lunes para enfrentar el coronavirus. Entre las excepciones se contempla el comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.


Por: Redacción 360 Radio

Este viernes el Gobierno Nacional expidió el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, por medio del cual ordena la extensión del aislamiento preventivo obligatorio en el país, entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020.

Sin embargo, dentro del decreto expedido por el Gobierno, habrá 43 actividades exceptuadas, con el fin de ganar vida productiva en el marco de la emergencia sanitaria por covid-19.

Entre las excepciones se contempla el comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.

También se exceptúan los servicios de peluquería, parqueaderos públicos para vehículos, museos y bibliotecas.

Estas son algunas de las actividades que estarán exceptuadas desde el próximo lunes

Asistencia y prestación de servicios de salud; Adquisición y pago de bienes y servicios; Asistencia y cuidados especiales, tales como niños, adolescentes, personas mayores de 70 años, etc.

Por causa de fuerza mayor o caso fortuito; Las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de todos los organismos internacionales humanitarios y de salud.

Cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos de primera necesidad.

Las actividades relacionadas con los servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias; Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.

La comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales a nivel nacional.

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El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos horas diarias.

Servicios de peluquería, bibliotecas, museos y parqueaderos públicos, entre otros.

Para conocer el listado completo haga clic acá.

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