El Consejo de Estado se pronunció sobre el caso de los dos congresistas que no pudieron posesionarse el pasado 20 de julio.
Por: Redacción 360 Radio
El alto tribunal explicó que no se pueden ocupar las curules de los congresistas electos a menos de que se presente una sentencia de pérdida de investidura.
Merlano y Santrich no pudieron asistir a la posesión por estar privados de la libertad, pero su curul se conservará hasta que no sea oficial la pérdida de investidura.
Este pronunciamiento se presentó luego de que el Ministerio del Interior se cuestionara sobre cómo se debe proceder en estos casos. Al respecto, el organismo indicó que la Mesa Directiva de la Cámara para la cual el representante fue elegido, debe acudir ante el Consejo de Estado para pedir que se decrete la pérdida de investidura.
El Consejo de Estado es la autoridad competente para «determinar si la no posesión del cargo obedece o no a un motivo de fuerza mayor y si la privación de la libertad por orden judicial puede encuadrarse dentro de ese criterio, todo a través de la acción de pérdida de investidura».
El pasado 4 de septiembre el Consejo de Estado decretó la pérdida de investidura por la violación de topes electorales en la campaña de Aida Merlano, pero no ha sido confirmada porque la Sala Plena debe revisar la decisión.