Calendario tributario de 2025: ojo a las fechas claves de la DIAN

El objetivo de este cronograma es proporcionar claridad sobre los plazos para la presentación de declaraciones y el pago de impuestos como el de Renta, Complementario y otros.

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Ya se conoce el calendario tributario de 2025. Con la expedición del Decreto 2229 de 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció los plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en 2025. Este calendario, que define días hábiles como referencia y excluye los sábados, domingos y festivos, incluye fechas críticas que los contribuyentes deben tener presentes para evitar sanciones.

El objetivo de este cronograma es proporcionar claridad sobre los plazos para la presentación de declaraciones y el pago de impuestos como el de Renta, Complementario y otros. A continuación, se detallan las fechas clave para distintos tipos de contribuyentes, con información que afecta tanto a grandes contribuyentes como a personas naturales y jurídicas.

Detalles del calendario tributario de 2025 en Colombia

Calendario tributario de 2025: ojo a las fechas claves de la DIAN
Foto: Redes sociales

Las personas naturales, jurídicas y otros calificados como grandes contribuyentes deberán cumplir con la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario correspondiente al año gravable 2024. Este impuesto se liquidará en tres cuotas:

  1. Primera cuota: entre el 11 y el 24 de febrero de 2025, dependiendo del último dígito del NIT.
  2. Segunda cuota y presentación de la declaración: entre el 9 y el 24 de abril de 2025.
  3. Tercera cuota: entre el 11 y el 25 de junio de 2025.

Para las instituciones financieras, aseguradoras y otras entidades obligadas a pagar puntos adicionales del Impuesto sobre la Renta, también se ha definido el pago de un anticipo dividido en dos cuotas del 50% cada una:

  • Primera cuota: del 9 al 24 de abril de 2025.
  • Segunda cuota: del 11 al 25 de junio de 2025.

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Personas jurídicas y sector cooperativo

En el caso de las personas jurídicas y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial (RTE) no clasificados como grandes contribuyentes, los plazos también se dividen en dos cuotas iguales:

  • Primera cuota y declaración: del 12 al 23 de mayo de 2025.
  • Segunda cuota: del 9 al 22 de julio de 2025.

Las mismas fechas aplican para las entidades cooperativas del RTE. Estas organizaciones también deben cumplir con la liquidación del anticipo en las fechas mencionadas.

Personas naturales y sucesiones ilíquidas

Para las personas naturales, residentes en el país o en el exterior, y las sucesiones ilíquidas, los plazos para presentar la declaración y pagar el impuesto de Renta se extienden entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT.

Declaración de activos en el exterior

Los grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales con activos en el exterior cuyo valor supere los 2000 UVT al 1 de enero de 2025 (equivalente a más de $99.598.000), deben presentar esta declaración según los siguientes plazos:

  • Grandes contribuyentes: del 9 al 24 de abril de 2025.
  • Personas jurídicas: del 12 al 23 de mayo de 2025.
  • Personas naturales: del 12 de agosto al 24 de octubre de 2025.

Actualización del Régimen Tributario Especial

Los contribuyentes del Régimen Tributario Especial deben actualizar su registro web y presentar la memoria económica, si corresponde, a más tardar el 30 de junio de 2025. No hacerlo podría resultar en la reclasificación como contribuyentes del Régimen Ordinario.

Obras por impuestos

Para aquellos que opten por vincular el Impuesto de Renta a proyectos de infraestructura mediante la figura de obras por impuestos, los plazos son:

  • Solicitud: hasta el 31 de marzo de 2025.
  • Declaración y primera cuota: 30 de mayo de 2025.
  • Consignación en fiducia: también el 30 de mayo de 2025.
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Presencia Económica Significativa (PES)

Las entidades no domiciliadas con Presencia Económica Significativa (PES) en Colombia deberán realizar pagos bimestrales según el siguiente calendario:

  • Enero-febrero: 14 de marzo de 2025.
  • Marzo-abril: 15 de mayo de 2025.
  • Mayo-junio: 14 de julio de 2025.
  • Julio-agosto: 12 de septiembre de 2025.
  • Septiembre-octubre: 18 de noviembre de 2025.
  • Noviembre-diciembre: 16 de enero de 2026.

La declaración anual de este impuesto se debe presentar antes del 22 de abril de 2026.

El calendario tributario de 2025 representa un esquema clave para organizar las obligaciones fiscales y evitar sanciones. La DIAN recalca la importancia de cumplir con los plazos establecidos. Tener en cuenta estas fechas y planificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias puede prevenir problemas futuros y garantizar la correcta gestión financiera de empresas y personas.

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