Claves para entender la cuarentena en Medellín este fin de semana

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Mucho revuelo causó el anunció del alcalde de Medellín, Daniel Quintero, la medida de la cuarentena de este fin de semana en los diez municipios del Valle de Aburrá, con el fin de seguir evitando la propagación del coronavirus. Estas son las claves para entender como funcionará la restricción.


Por: Redacción 360 Radio

  1. Podrán circular las personas que prestan servicios de salud, cuidan niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieran asistencia de personal capacitado. Personas que deban salir por causa mayor o caos fortuito. Labores de las misiones médicas de la OPS y los organismos internacionales humanitarios y de la salud, prestación de servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.
  2. Los sectores de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares, hospitales, equipos y dispositivos de tecnología en salud, igual que mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación de los servicios de salud.
  3. Actividades relacionadas con servicios de emergencia, como emergencia veterinaria; servicios funerarios, entierros y ceremonias.
  4. Cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: insumos para producir bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancía de consumo ordinario. Reactivos de laboratorio, alimentos y medicinas para mascotas.
  5. Cadena de siembra, fumigación, cosecha, producción, empaque, embalaje, importación, exportación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de semillas, insumos y productos agrícolas.
  6. Comercialización de productos de primera necesidad en mercados, abastos, bodegas, supermercados mayoristas y minoristas, mercados al detal y en establecimientos y locales comerciales se realizará mediante plataformas de comercio electrónico y para entrega de domicilio.
  7. Actividades de servidores públicos y contratistas del Estado, necesarios para mitigar, atender y prevenir la emergencia sanitaria. Personal de misiones diplomáticas y consulares acreditadas por el Estado. Fuerzas Militares, Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado.
  8. Operación aérea y aeroportuaria de trasporte de carga en emergencia humanitaria y casos fortuitos o fuerza mayor.
  9. Comercialización de producto de establecimientos y locales gastronómicos mediante plataformas electrónicas y/o domicilios.
  10. Funcionamiento de call centers. Servicios de vigilancia y seguridad privada, servicios carcelarios y penitenciarios, y de empresas que prestan servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas.
  11. Actividades que aseguren la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de prestación de servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, reciclaje, residuos biológicos y sanitarios).
  12. Prestación de servicios bancarios y financieros, operadores de pago, operaciones de juegos de suerte y azar. Servicios postales, mensajería, radio, televisión, prensa y distribución en medios de comunicación.
  13. Funcionamiento de comisarías de familia e inspecciones de policía, igual que usuarios de estas para casos de extrema urgencia.
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