Con el fin de crear el Área Metropolitana del Valle de San Nicolás, en el oriente antioqueño se efectuará una consulta popular en donde los ciudadanos decidirán si se realiza dicha constitución; esto es una posibilidad luego de que la Cámara de Representantes diera luz verde, concepto favorable, y es así como la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene diez días hábiles para convocar el mecanismo de consulta.
Y es que es pertinente señalar que con 14 votos a favor, la Comisión de Ordenamiento Territorial (COT) de la Cámara de Representantes dio el aval al proyecto de constitución del Área Metropolitana del Valle de San Nicolás, en el Oriente de Antioquia, que estaría conformada por los municipios de El Carmen de Viboral, El Retiro, El Santuario, Guarne, La Ceja, La Unión, Rionegro y San Vicente Ferrer.
Es momento, entonces, de que la ciudadanía tome la decisión, teniendo también en cuenta que hay personas favor y personas en contra de esta iniciativa que se han hecho sentir en el marco de este proceso. Cabe mencionar que una vez la Registraduría Nacional reciba formalmente el concepto de oportunidad y conveniencia emitido por el Congreso, tendrá diez días hábiles con el propósito de convocar la consulta, respetando el plazo establecido.
Así las cosas, es conveniente aclarar que la consulta popular depende del suministro de recursos necesarios del Ministerio de Hacienda con el propósito de realizarla.

Declaraciones sobre la consulta popular que se haría
“El registrador tendrá 10 días hábiles para convocar esta consulta y no podrá hacerlo antes de 3 meses ni después de 5. Lo que buscaba el legislador es precisamente que podamos hacer un debate, que podamos hacer audiencias, que podamos hacer en esos espacios económicos, sociales, políticos, académicos, gremiales, la conversación y el diálogo”, señaló El director del Departamento Administrativo de Planeación de Antioquia, Eugenio Prieto Soto con respecto al pronunciamiento de la Cámara de Representantes.
Por su parte, el exconcejal de Medellín y ahora representante a la Cámara, Daniel Carvalho, expresó: “Consideramos que es muy pertinente para la subregión y sobre todo creemos que tiene que seguir un proceso de socialización, concertación, información, desmitificación de muchas mentiras que hay y eso le corresponde a las autoridades locales y a la gobernación de Antioquia”.
En este punto es conveniente señalar que en abril del año en curso la Comisión de Ordenamiento Territorial del Senado de la República emitió un concepto similar al que acaba de emitir la Cámara de Representantes.
¿Qué dice la Gobernación de Antioquia?
La administración departamental ha asegurado que con la creación de este modelo de esquema asociativo territorial beneficiaría a casi 600 mil habitantes del Oriente del departamento. Este, es “con el objetivo de integrar, articular y responder a las necesidades de la comunidad en materia de ordenamiento territorial, ambiental, de movilidad, entre otros, para lograr el desarrollo económico del territorio”.
¿Cómo se realiza una consulta popular?
El proceso para llevar a cabo una consulta popular implica varios pasos:
- Presentación de la iniciativa: El promotor debe diligenciar el formulario “MPFT08 Inscripción Promotor – Comité Promotor MPC” y presentar la(s) pregunta(s) a consultar.
- Recolección de apoyos: Dependiendo del nivel de la consulta, se deben recoger un número determinado de firmas de ciudadanos que respalden la iniciativa.
- Revisión y aprobación: La Registraduría Nacional del Estado Civil revisa la legalidad de la iniciativa y, si cumple con los requisitos, autoriza su realización.
- Convocatoria y votación: Una vez aprobada, se convoca a la ciudadanía a participar en la consulta en la fecha y lugar establecidos.
- Divulgación de resultados: Los resultados se publican oficialmente y, en caso de ser vinculantes, las autoridades competentes deben tomar las decisiones correspondientes.
¿Cuáles temas no pueden ser objeto de una consulta popular?
La ley establece que no se pueden realizar consultas populares sobre:
-Temas de iniciativa exclusiva del Gobierno, gobernadores o alcaldes.
– Asuntos presupuestales, fiscales o tributarios.
– Relaciones internacionales.
– Concesión de amnistías o indultos.
– Preservación y restablecimiento del orden público.
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