Consultas populares no podrán frenar proyectos extractivos por decisión de la Corte

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La Corte estableció que poner las consultas populares por encima de los intereses de la Nación, va en contra del precedente que indica que el Estado es dueño del subsuelo.


Por: Redacción 360 Radio

Con una votación de 5-1 la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó decisión del Tribunal Contencioso Administrativo del Meta que dio continuidad a la consulta popular la cual frenó la extracción de petróleo en Cumaral Meta, a cargo de la multinacional Mansarovar Energy.

De esta forma, la Corte señala que las consultas a nivel municipal no pueden decidir sobre asuntos que no competen únicamente a la zona, y en este caso, el proyecto de la compañía consistía en hacer explotación al subsuelo perteneciente al Estado.

“En este orden, consideró la Corte que la Constitución de 1991 establece en cabeza del Estado la propiedad de los recursos del subsuelo y dispone que la explotación de un recurso natural no renovable causa a favor del Estado una contraprestación económica a título de regalía, generando beneficios para toda la Nación”, argumento de la decisión.

Sin embargo, el alto tribunal volvió a la jurisprudencia bajo la cual se ordena que exista una concertación entre los proyectos extractivos y las comunidades, para que no se impongan los intereses de una sola parte. Por esta razón, le pide al Congreso que “en el menor tiempo posible” defina uno o varios mecanismos de participación así como de coordinación.

Con este fallo, la Corte invalida la consulta popular que se votó en Cumaral en junio del año pasado, y en la que con 7.703 votos, el 97 por ciento de los cumaraleños que votaron decidió que no quería más la explotación de hidrocarburos en su territorio.

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