Contraloría y Procuraduría fijan reglas para garantizar un empalme entre ambos gobiernos con total transparencia

Foto: Procuraduría

Ambos entes de control piden al saliente gobierno de Gustavo Petro entregar un Acta de Informe de Gestión, el cual detalle cómo entrega la gestión administrativa.

El hecho: La Contraloría y la Procuraduría expidieron la Directiva Conjunta 001 de 2026 para establecer las reglas del empalme entre el Gobierno saliente y el entrante.

¿Por qué es importante?: Busca garantizar una transición transparente, ordenada y con información completa, asegurando la continuidad de los servicios públicos.

¿Cuál es el contexto?: La directiva se emite antes del inicio del proceso de transición presidencial y se basa en la Constitución y la Ley 951 de 2005, que regula la entrega y recepción de las administraciones públicas.

¿A quiénes afecta y cómo?: A todas las entidades de la Rama Ejecutiva nacional y a sus funcionarios, quienes deberán entregar informes de gestión detallados. Su incumplimiento puede generar investigaciones disciplinarias, fiscales u otras responsabilidades.

El dato que no se puede perder: La directiva exige que los informes de empalme y sus soportes sean públicos —salvo la información con reserva legal— e incluye la revisión de los contratos registrados en el SECOP para garantizar transparencia en la transición.

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A pocos días del inicio del proceso de transición presidencial, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación expidieron la Directiva Conjunta 001 de 2026, con la que buscan garantizar que el empalme entre el Gobierno saliente y el entrante se realice con transparencia, información completa y continuidad en la prestación de los servicios públicos.

El documento recuerda a las entidades del Ejecutivo del orden nacional la obligación de entregar un Acta de Informe de Gestión que detalle el estado de los asuntos bajo su responsabilidad, los recursos ejecutados y aquellos que quedan pendientes al finalizar el periodo constitucional. La medida se fundamenta en la Constitución y en la Ley 951 de 2005, que establece los lineamientos para la entrega y recepción de las administraciones públicas.

Las entidades de control advirtieron que este informe debe contener información sobre la ejecución de los recursos financieros, humanos y administrativos, así como el estado de los programas, proyectos y compromisos institucionales que deberán continuar durante el próximo gobierno. Además, recalcaron que se trata de una obligación legal cuyo incumplimiento puede dar lugar a investigaciones disciplinarias, fiscales o de otra naturaleza contra los servidores públicos responsables.

La directiva también hace énfasis en la necesidad de dejar documentados aquellos asuntos que involucren competencias compartidas entre distintas entidades o niveles de gobierno.

El propósito es que la nueva administración conozca con claridad cuáles son las obligaciones que permanecen vigentes y qué medidas deberán mantenerse o ajustarse para garantizar la continuidad de la gestión pública y la prestación de servicios esenciales.

Otro de los aspectos incluidos en la directiva tiene que ver con la contratación estatal. La Contraloría y la Procuraduría recomendaron verificar que todos los contratos suscritos, en ejecución, liquidados o pendientes estén debidamente registrados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP).

Asimismo, solicitaron entregar información detallada sobre contratos próximos a vencer, procesos de selección en curso y proyectos que presenten retrasos, incumplimientos o controversias administrativas.

Las entidades también pidieron que los informes de empalme y sus documentos de soporte sean publicados en los canales institucionales, salvo la información que tenga reserva legal, con el fin de garantizar el acceso ciudadano y fortalecer la transparencia durante el proceso de transición.

Finalmente, la Contraloría y la Procuraduría hicieron un llamado a los funcionarios del Gobierno saliente para que suministren información suficiente, verificable y oportuna sobre los asuntos administrativos, presupuestales, contractuales y misionales de cada entidad.

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