Corridas de toros tendrán su futuro en el Congreso.

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La Corte Constitucional ha decidido que quien tome la decisión de prohibir o no las corridas de toros sea el Congreso de la República, por ello le dio un plazo de 2 años para legislar sobre el tema; de no hacerlo la Corte prohibirá la llamada “fiesta brava”.


Por: John E. Arango Ocampo.

Twitter: @JohnArango27

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió en la noche de este miércoles que será el Congreso de la República quien tome la decisión de frente a las corridas de toros y otros actos en los que se cometa maltrato animal en Colombia. La decisión tomada por el alto tribunal fue apoyada, con una votación de 5 a 4, y ahora deberá el legislativo ser quien antes de dos años se pronuncie sobre este tema que durante los últimos años ha causado gran controversia en el país.

 

La decisión tomada por la Sala Plena es llamada inexequibilidad diferida a dos años; es decir, que se considera contrario a la Constitución el parágrafo que excluyó estos espectáculos del delito de maltrato animal, pero solo entrará a regir en dos años, si el Congreso no legisla; de no ser así luego de pasado el tiempo establecido por la Corte, “la fiesta brava” y demás espectáculos quedarían prohibidos en todo el país.

 

Entre tanto, mientras el Congreso no tome ninguna decisión de fondo los actos dentro de las plazas de toros no tendrán ninguna penalización. Ahora se esperará que el legislativo tome la decisión de considerar o no a las corridas de toros, novilladas, peleas de gallos, peleas de perros y otros actos como eventos culturales o eventos relacionados con el maltrato animal. En años anteriores los parlamentarios colombianos se han mostrado a favor de las corridas lo que siembra un precedente en la pelea que se vive frente a la tauromaquia.

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