Corte niega tutela en la que Íngrid Betancourt pedía más fondos para su partido

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Corte Suprema negó tutela mediante la cual la candidata Íngrid Betancourt pedía aumentar los fondos para el Partido Verde Oxígeno y sugiere hacer este proceso con el CNE.


Por: Redacción 360 Radio

En la mañana de este jueves 24, la Corte Suprema de Justicia falló en contra a la tutela impuesta por la candidata presidencial Íngrid Betancourt, mediante la tutela, Betancourt solicitaba que se aumentara el monto entregado a su campaña electoral, alegando que la cantidad que se le entregó a el partido Verde Oxígeno (su partido), es mucho menor que el de otros movimientos políticos, como el de Comunes.

En el documento la candidata presidencial señaló, “partido Verde Oxígeno acude a la acción de tutela con fundamento en que, tiene conocimiento de que dadas las normas existentes, la asignación de rubro para la financiación del funcionamiento del partido político y los anticipos para la financiación de la campaña electoral presidencial, será mínima”.

Asún así la Corte Suprema señaló que no han sido violados sus derechos fundamentales, explicando que los movimientos sí pueden hacer este tipo de peticiones o solicitudes, pero tiene que ser ante la autoridad electoral, es decir, el Consejo Nacional Electoral (CNE) y señaló que el Partido Verde Oxígeno no ha interpuesto ninguna petición ante el mismo.

“Partido Verde Oxígeno no ha elevado ningún tipo de solicitud ante el Consejo Nacional Electoral, como sí lo han hecho otros, tendiente a formular sus inquietudes sobre la manera en que, serán distribuidos los recursos, el porcentaje que les corresponde y la posibilidad de que, como lo formula en esta acción de tutela, al haber sido su dirigente víctima del secuestro efectuado por las FARC EP, dicho rubro sea igual al reconocido al movimiento hoy Comunes en el Acuerdo de Paz”, señaló la Corte.

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Por su parte, el CNE destacó que actualmente se adelanta, “la resolución que fijará la financiación para el funcionamiento de todos los partidos y movimientos políticos se encuentra en proyección, por lo que la parte actora lo que pretende es adelantarse a los hechos.

La Registraduría argumentó que no son ellos quienes hacen anticipos, sino que eso es competencia del CNE y la representante jurídica del Ministerio de Hacienda puntualizó, “la función de ese ministerio se encuentra limitada a la asignación global de recursos, a las entidades que conforman el presupuesto público nacional, más no como un órgano ejecutor del sistema”.

El fallo se produce en primera instancia, pero la recomendación de la Corte a la candidata es a elevar esta solicitud al órgano idóneo, en este caso el CNE.

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