Corte Suprema señala que jurisdicción indígena no puede usarse para evadir responsabilidades

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La Corte Suprema de Justicia estableció que la jurisdicción indígena no puede usarse para evadir responsabilidades por delitos de narcotráfico en otro país como Estados Unidos, o hechos que trascienden a esa jurisdicción.


Por: Redacción 360 Radio

El pronunciamiento se dio después de que se aprobó la extradición a Estados Unidos de un miembro del Cabildo Indígena de Portete, en la Alta Guajira, requerido en ese país por delitos de narcotráfico y concierto para delinquir.

La Corte Suprema anuló la condena interpuesta por la jurisdicción indígena al considerar que era ilegal y negó los argumentos del abogado que decía que él había sido juzgado por su comunidad por ese delito.

“Para la Sala de Casación Penal, los hechos escapan a la competencia de la jurisdicción indígena debido a que las cantidades de narcóticos fueron decomisados en un país distinto al colombiano y los delitos se cometieron bajo la jurisdicción de naciones extranjeras”, afirmó la Corte.

Los hechos por los cuales el indígena es requerido por las autoridades de Estados Unidos son por el envío de cocaína a países en Centroamérica y el Caribe, para su posterior distribución en ese país. Los delitos habrían ocurrido aparentemente desde mayo del 2015 hasta septiembre del 2020, por medio de una organización ilegal de la que, según el proceso, el indígena sería el líder.

“La aplicación engañosa de la jurisdicción indígena, reivindicando una competencia que no tiene para decir que los delitos se cometieron al interior de una comunidad ancestral, no puede ser un estorbo a la colaboración entre naciones frente a conductas de alto impacto internacional cometidas, según su finalidad y la forma como fue incautada la mercancía, en jurisdicción de otro país”, agregó la Corte.

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La Sala destacó que la condena del Cabildo de Portete, “no puede servir de pretexto para negar la extradición, con el argumento de que la conducta por la cual es requerido en extradición fue juzgada por una autoridad indígena, aduciendo derechos ancestrales de ilegal configuración”.

La Corte también sostuvo que “no está en discusión que las autoridades indígenas puedan ejercer justicia dentro de su ámbito territorial (…) Lo que no está permitido es utilizar la jurisdicción indígena para tramitar procesos amañados con la finalidad de evitar el juzgamiento de conductas que trascienden la territorialidad, no solo de la comunidad indígena, sino del país, hasta llegar a interferir a legalidad de otras naciones”.

Finalmente, la Corte compulsó copias de la decisión para que las autoridades competentes indígenas de la comunidad de Portete adelanten una investigación penal para determinar los delitos en los que hubieran podido incurrido los indígenas que condenaron al miembro de la comunidad.

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