Demandan a concejales de Medellín y piden pérdida de investidura

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La acción se da por la elección y posterior suspensión provisional del secretario del Concejo de Medellín, Jorge Luis Restrepo Gómez, que había sido reelegido para el periodo 2022.


Por: Redacción 360 Radio

El decreto anunciado por el Concejo de Estado en el que se da a conocer la suspensión del funcionario fue anunciado el pasado mes de febrero por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal, argumentando presuntas irregularidades en su reelección. Al parecer, se violó el principio de concurso.

Frente a esta decisión, 360 Radio conoció en exclusiva el documento en el que el ciudadano Giovani de San Nicolás Suárez solicitó la Pérdida de Investidura contra los concejales de Medellín: Jaime Cuartas, Sebastián López, Aura Arcila, Fabio Rivera, Luis Carlos Hernández, Luis Vélez, Daniel Duque, Dora Saldarriaga, Juan Jiménez, Julio González, María Aguinaga, Simón Molina, Nataly Vélez, Alfredo Ramos, Lucas Cañas, Lina García, Albert Corredor y Babinton Flórez.

Uno de los argumentos del solicitante se basa en un “presunto vicio en la designación que vulneró los derechos de participación de posibles postulantes al cargo de secretario general del Concejo”, que a la vez habría omitido la convocatoria pública para el cargo tal como lo ordena el parágrafo transitorio del artículo 125 de la Ley 1904 de 2018.

El ciudadano también expone en su demanda que la medida provisional de urgencia se tome “por el conflicto de intereses al favorecer la no realización de concurso de mérito para proveer el cargo de secretario general para el periodo 2022 y favorecer en vacancia absoluta del mismo mediante elección de secretaria ad hoc de manera irregular e ilegal”.

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La pérdida de la investidura es una acción pública, que da origen a un proceso de carácter jurisdiccional y sancionatorio de propósito ético, con consecuencias políticas. En dicho proceso no se emiten juicios de valor sobre el criterio moral, en este caso de los concejales, pero sí se juzgan sus conductas, actos y acciones. La Corte Constitucional en su sentencia  SU-501 de 6 de agosto de 2015, asegura que en un proceso de pérdida de investidura no es posible calificar el grado de culpabilidad (dolo, culpa grave o leve).

Las principales causales de pérdida de investidura son el incumplimiento de los deberes inherentes al cargo, la violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, la indebida destinación de dineros públicos, el conflicto de intereses y el tráfico de influencias debidamente comprobado, siendo el 3 y 4 los argumentados por el demandante.

El documento con la demanda y petición de pérdida de investidura a los Concejales de Medellín fue presentado a los Magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia. En la actualidad, las labores del secretario son asumidas por el subsecretario del concejo Conrado de Jesús Torres.

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