Deuda de remisos será perdonada por el Ejército y de paso definirá su situación militar

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Hasta el próximo 3 de agosto las personas remisas y que no hayan definido su situación militar se podrán beneficiar de la amnistía que otorga la Ley 1861 en su artículo 76, la cual pretende que todas las personas que se encuentran en esta condición puedan formalizar su estado.


Por: Redacción 360 Radio

Dicha amnistía también contempla que las deudas impuestas por el Ejército Nacional, las cuales corresponden a dos salarios mínimos legales vigentes por año de remisos, sean perdonadas y que el remiso solo pague el valor de la libreta militar, la cual equivale a $1’77.000.

Dicha Ley también indica que los beneficiados quedarán exentos del pago de la cuota de compensación militar.

El coronel Elkin Alfonso Argote Hidalgo, director de reclutamiento del Ejército Nacional, confirmó que en la actualidad hay 705.633 jóvenes en condición de remisos en todo el país.

El coronel también explicó que las personas interesadas solo deben acercarse al Distrito Militar más cercano para iniciar con el proceso. Él indicó que: «no importa si inició su proceso en Pasto, por ejemplo, y actualmente vive en Barranquilla, lo puede hacer en cualquier Distrito, el más cercano».

Asimismo, el director de reclutamiento confirmó que los requisitos son mínimos y espera que sean muchos los beneficiados.

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Foto: Ejército Nacional

«El distrito expide el recibo de pago para que las personas consignen el dinero directamente en el banco. El proceso es sencillo y no requiere de ningún tramitador», precisó.

El Ejército se ha encargado de emitir varias piezas gráficas para explicar mejor en qué consiste la amnistía y quiénes se podrían beneficiar.

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Foto: Ejército Nacional

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