Dian establece nuevos plazos ante el coronavirus

Foto: Confidencialcolombia.com

Por: Redacción 360 Radio


Ante la emergencia sanitaria decretada en Colombia por la llegada del nuevo coronavirus Covid-19, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estableció nuevos plazos en el calendario tributario.

En el caso de los impuestos sobre la Renta y Complementarios, y anticipo Sobretasa, los grandes contribuyentes de empresas de transporte aéreo comercial de pasajeros, hoteles, y quienes tengan actividades económicas principales, actividades teatrales, de espectáculos musicales en vivo y otros espectáculos en vivo, tendrán hasta el 31 de julio de 2020 para pagar la segunda cuota del Impuesto sobre la Renta y complementarios, y el pago de la tercera cuota hasta el 31 de agosto.

Las Personas Jurídicas con iguales actividades tendrán el mismo plazo para la segunda y tercera cuota. La presentación de la declaración deberá realizarse en los plazos establecidos para los Grandes Contribuyentes entre el 14 y 27 de abril y para las Personas Jurídicas entre el 14 de abril y 12 de mayo.

El vencimiento para el pago del segundo bimestre de 2020 como del primer cuatrimestre del mismo año del Impuesto sobre las Ventas es el 30 de junio de 2020, declarando en las fechas estipuladas en el decreto 2345 de diciembre de 2019, es decir, entre el 12 y 26 de mayo.

Las instituciones financieras obligadas al pago de la sobretasa, deberán liquidar un anticipo de la sobretasa calculado sobre la base gravable del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2019, y realizar dos pagos en cuotas iguales; primera cuota del 50% entre el 14 y 27 de abril, y una segunda cuota 50% entre el 9 y 24 de junio.

La declaración de activos en el exterior debe ser realizada cuando el valor patrimonial de los mismos poseídos a 1 de enero 2020 sea superior a 2.000 UVT ($71.214.000).

Los contribuyentes sujetos al Impuesto al Patrimonio deberán declarar impuesto entre el 28 de septiembre y el 9 de octubre de 2020, según el último dígito del Número de Identificación Tributaria.

[mc4wp_form id=»74432″]

Salir de la versión móvil