Fuerza Pública no tiene limitación para perseguir y capturar a Majimbú, según la JEP

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Por: Redacción 360 Radio


Después de que el ministro de Defensa, Guillermo Botero, asegurara que la Fuerza Pública no podía atacar a alias ‘Majimbú’ porque está cobijado por la Jurisdicción Especial para la Paz, la presidenta de la JEP, Patricia Linares, respondió los cuestionamientos.

Por medio de un comunicado Patricia Linares señaló que los delitos que haya cometido cualquier persona después de la firma del acuerdo de paz, es decir, desde el 1 de diciembre del 2016, será investigado por la Fiscalía General de la Nación.

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“Las competencias de la Jurisdicción Especial para la Paz es exclusivamente sobre los delitos cometidos antes del 1 de diciembre del 2016 que estén relacionados con el conflicto armado interno” dice el comunicado.

La JEP explicó que, “la Fuerza Pública no tiene ninguna limitación para perseguir y capturar a los comparecientes que se hayan rearmado y estén delinquiendo”.

Finalmente la JEP afirmó que «la investigación y persecución de aquellos compareciente que en la actualidad estén delinquiendo tiene que ser ejercida por la Fiscalía y la Fuerza Pública, independientemente de que hayan concluido o no los procesos para la exclusión de esas personas de la JEP. Es su deber y su obligación”.

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