La circular da instrucciones a las autoridades de tránsito a cumplir a cabalidad lo expuesto por el Gobierno.
Por: Redacción 360 Radio
Este 1 de marzo se conoció un borrador de la circular que tendría el Gobierno para con el fin de reiterar los lineamientos sobre el control al la informalidad, ilegalidad y servicios no autorizados de transporte. El documento va dirigido desde el Ministerio de Transporte hacia las Autoridades de Tránsito y Transporte.
En la circular se indica que si un conductor conduce un vehículo y presta un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito será sujeto de las condiciones previstas en la Ley 1383 de 2010.
Estas sanciones son: “Multa equivalente a treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes el conductor y/o propietario de un vehículo automotor” esto, basado en la siguiente infracción: “Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito. Además, el vehículo será inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días, por segunda vez veinte días y por tercera vez cuarenta días”.
La circular hace un llamado explícito a las autoridades de tránsito para que cumplan sus funciones de inspección, control y vigilancia. Lo particular de este caso es que la circular se conoce días después de la reunión que el Ministerio de Transporte tuvo con los líderes del Gremio de taxistas tras el paro que generaron en el páis.