El Gobierno Nacional publicó este martes el decreto 546 de 2020 con el que permitirá la prisión domiciliaria y “la detención domiciliaria transitoria en el lugar de residencia” para las personas que estén en mayor vulnerabilidad frente al Covid-19.
Por: Redacción 360 Radio
Según el decreto, esta medida se toma con el fin de “combatir el hacinamiento carcelario y prevenir y mitigar el riesgo de propagación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” por el que atraviesa el país.
El beneficio se otorgará a personas que hayan cumplido 60 años; madres gestantes o con hijo menor de 3 años, dentro de la cárcel.
También podrán salir personas que padecen cáncer, VIH e insuficiencia renal crónica, diabetes, insulinodependientes, trastorno pulmonar, anticoagulación, hepatitis B y hemofilia, artritis reumatoide, enfermedades tratadas con medicamentos inmunosupresores, enfermedades coronarias, personas con trasplantes, enfermedades autoinmunes, enfermedades huérfanas y cualquier otra que pona en grave riesgo la salud o la vida del recluso, conformidad con la historia clínica del interno y certificación expedida por el sistema general de seguridad en salud al que pertenezca.
Personas con movilidad reducida por discapacidad debidamente acreditada conformidad con la historia clínica del interno y certificación expedida por el sistema general de seguridad social en salud que pertenezca.
Personas condenadas o que se encontraren con medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento penitenciario y carcelario por delitos culposos; condenados a penas privativas de la libertad de hasta cinco años de prisión; quienes hayan cumplido el cuarenta por ciento de la pena privativa de liberad en establecimiento penitenciario, atendidas redenciones a que se tiene derecho.
Algunas de las exclusiones más importantes, son las personas condenadas por delitos o lesiones personales bajo modalidad dolosa, delitos contra la libertad, integridad y formación o secuestro, cometidos contra niños, niñas y adolescente.
Tampoco se beneficiarán personas incursas en crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y donde los delitos sean consecuencia del conflicto armado y/o hayan realizado con ocasión o en relación directa o indirecta con el mismo.
La medida aplicará por un tiempo de seis meses y saldrán de prisión un aproximado de 7.000 presos.