Por: Redacción 360 Radio
Con el decreto 1076 el gobierno decretó la extensión del aislamiento preventivo hasta el 30 de agosto y presentó otras medidas para aquellos municipios que se consideran «de moderada afectación y de alta afectación de covid-19», entre estas la apertura de los templos.
Según el decreto en estos municipios se podrían habilitar “servicios religiosos que impliquen aglomeraciones”.
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De acuerdo con el gobierno, existen 252 municipios sin casos confirmados de Covid-19 y 373 con problemáticas leves. Además, el 3 de julio el Ministerio de Salud emitió la resolución 1120, en la que se encuentran todos los protocolos de bioseguridad para la reapertura gradual de servicios religiosos en municipios sin covid-19.
Así, para la reapertura de las iglesias debe haber una mediación previa entre las autoridades locales y el Ministerio de Interior. Y, de igual forma, «los servicios religiosos que puedan implicar reunión de personas se podrán permitir siempre y cuando medie autorización de los alcaldes en coordinación con el Ministerio del Interior y se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud para el desarrollo de esta actividad», según indica el decreto emitido por el gobierno nacional.