El Gobierno Nacional dio un paso definitivo en la implementación de la Reforma Pensional con la expedición del Decreto 514 del 9 de mayo de 2025, el cual reglamenta la Ley 2381 de 2024 y establece el marco operativo del nuevo Sistema Integral de Protección para la Vejez, que comenzará a funcionar oficialmente a partir de julio.
Panorama general: La reforma plantea un rediseño del sistema pensional colombiano con un enfoque integral, que combina elementos contributivos y solidarios, con el fin de ampliar la cobertura y asegurar ingresos dignos para la población adulta mayor.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, destacó que el decreto constituye una pieza clave para la consolidación de una arquitectura pensional más equitativa y sostenible, al integrar los sistemas existentes y ofrecer múltiples opciones para los trabajadores, dependiendo de su nivel de ingreso y tiempo de cotización.
Nuevo sistema pensional comenzará en julio con enfoque solidario, equitativo y sostenible
Por qué es importante: Uno de los puntos más destacados del decreto es el tratamiento diferencial para las mujeres afiliadas, quienes históricamente han enfrentado mayores obstáculos para completar las semanas requeridas para pensionarse. La norma establece una reducción progresiva del número mínimo de semanas de cotización, fijando como meta llegar a 1.000 semanas en 2036 para acceder a la pensión completa de vejez.
El decreto también estructura el funcionamiento del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (Fapc), que será administrado por el Banco de la República. Este fondo servirá para respaldar financieramente las obligaciones del componente contributivo del sistema y tendrá un Comité Directivo con responsabilidades como:
Aprobar la política de riesgos.
Gestionar la inversión de los recursos.
Presentar informes periódicos al Congreso de la República.
Además, se contempla la creación de un fondo de ahorro, con el propósito de garantizar la sostenibilidad del sistema a largo plazo.
Pilar Solidario: una red de apoyo estatal
El Pilar Solidario está dirigido a aquellas personas que no logren reunir los requisitos para acceder a una pensión contributiva. Podrán acogerse a este régimen las siguientes personas:
Mujeres de 60 años o más.
Hombres de 65 años o más.
Mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años con pérdida laboral u ocupacional certificada igual o superior al 50%, conforme al Manual Único de Calificación de Invalidez.
Esta medida busca garantizar una renta básica a los adultos mayores más vulnerables, y se convierte en una herramienta clave para combatir la pobreza en la vejez.
En cuanto a las pensiones especiales, el decreto menciona que, en casos de invalidez de miembros del grupo familiar, se podrá acceder a este tipo de pensión a través de Colpensiones, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el Artículo 2.2.4.13.20.
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