¿Hay una edad mínima para ser Ministro o Director Público en Colombia?

Un proyecto de ley busca endurecer los requisitos para que alguien pueda ocupar el cargo de ministros.

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La discusión sobre los requisitos para ejercer como ministro o director de departamento administrativo en Colombia ha cobrado fuerza en el Congreso, especialmente tras la aprobación en primer debate de un proyecto de ley que busca reformar las condiciones de acceso a estos altos cargos del gobierno central.

Actualmente, la Constitución exige tener 25 años de edad y ser ciudadano en ejercicio para ocupar un puesto ministerial o dirigir un departamento administrativo. Sin embargo, una iniciativa legislativa, respaldada por jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, plantea aumentar la edad mínima a 30 años y, además, incorporar otros requisitos, como la experiencia profesional y estudios de posgrado.

La Comisión Primera de la Cámara de Representantes dio su visto bueno en el primer debate a esta propuesta, que todavía deberá superar siete debates más para convertirse en ley. Durante la sesión, varios congresistas expresaron su posición a favor o en contra de las nuevas exigencias, destacando el interés por mejorar la profesionalización de la administración pública y la calidad de la gestión estatal.

Posibles cambios en los requisitos para ser ministros

Posibles cambios en los requisitos para ser ministro

La idea de elevar la edad mínima a 30 años para quienes aspiren a un ministerio o dirección administrativa proviene, en gran medida, de la convicción de que la experiencia y el conocimiento técnico son indispensables en la gestión pública de alto nivel.

Una de las autoras del proyecto, la representante Cathy Juvinao, defendió la propuesta argumentando que no se pueden improvisar las designaciones en áreas tan sensibles para el país: “No podemos improvisar en los ministerios, tienen que llegar los mejores. Ya suficientes resultados negativos hemos tenido a lo largo de la historia por la poca preparación e improvisación”.

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Este planteamiento se conecta con diversos pronunciamientos de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, que han señalado cómo la discrecionalidad del Presidente de la República al nombrar ministros y directores puede ser limitada por el legislador. El fin último, según estas sentencias, es salvaguardar valores como la probidad, la idoneidad y la profesionalización en los cargos de la rama ejecutiva.

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Otros requisitos propuestos: experiencia y posgrado

Además del aumento de la edad mínima, la iniciativa legislativa también exige al menos 10 años de experiencia profesional relacionada con el sector que se pretende dirigir en el ministerio.

De igual manera, será obligatorio contar con un título de posgrado en áreas afines a la cartera o departamento correspondiente. La finalidad es asegurar que quienes ocupen estos puestos tengan un dominio profundo de la materia y puedan tomar decisiones informadas para el desarrollo del país.

No obstante, este requisito adicional para ocupar estos cargos ha suscitado críticas y abierto un debate sobre el derecho a la igualdad y la inclusión. En particular, el congresista Gabriel Becerra, del Pacto Histórico, cuestionó la obligatoriedad de poseer estudios de posgrado: “Es un aspecto excluyente teniendo en cuenta el difícil acceso a la educación superior en Colombia”.

Por ahora, el proyecto de ley tan solo ha superado el primer debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes. Le restan siete debates tanto en la Cámara como en el Senado para convertirse en ley de la República. Esto significa que aún habrá espacio para ajustes, discusiones y propuestas de modificación que intenten conciliar la búsqueda de un cuerpo directivo idóneo y calificado con la inclusión de perfiles más jóvenes y con distintos niveles de formación académica.

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