Impuestos a la iglesias en la Reforma Tributaria: Esto se sabe y posibles consecuencias

Los impuestos a iglesias vuelven al centro de la discusión en Colombia con la nueva reforma tributaria que el Gobierno presentará esta semana ante el Congreso.

La polémica y el debate continúa en Colombia luego de que el Ministerio de Hacienda confirmara que la reforma tributaria incluirá un artículo para gravar el patrimonio de las iglesias, junto con otros sectores como plataformas digitales, juegos de azar y cambios al impuesto al carbono. La meta oficial es recaudar 26,3 billones de pesos en medio de un déficit fiscal que supera los 12 billones.

La medida no es menor: las iglesias en Colombia concentran un patrimonio cercano a los 19 billones de pesos. Gravarlo sería, según Hacienda, una cuestión de equidad tributaria frente a sectores que llevan años contribuyendo al Estado.

El 4 de agosto de 2025, el Ministerio del Interior señaló que el Gobierno no permitirá ningún gravamen sobre actos de fe, como la oración, las misas o la reunión de los feligreses.

El antecedente más claro ocurrió en mayo de 2025, cuando se expidió el Decreto 0572, que obliga a las iglesias a pagar impuestos por actividades comerciales como arriendos, colegios, universidades, cafeterías o medios de comunicación, manteniendo exentas las ceremonias religiosas. Ese mismo decreto introdujo retenciones sobre donaciones y ofrendas, lo que levantó críticas por el posible exceso de poder reglamentario al crear tributos sin pasar por el Congreso.

Así, los impuestos a iglesias se convirtieron en un campo de batalla entre quienes ven en ellos una herramienta justa para ampliar la base tributaria y quienes consideran que podría vulnerar libertades y abrir un frente jurídico de alto riesgo.

Recaudo insuficiente en Catatumbo: los impuestos no cumplieron su objetivo
Foto: Redes

¿Por qué las iglesias no pagan impuestos en Colombia?

La exención de impuestos a iglesias tiene raíces históricas. En 1993, con la Ley de Libertad Religiosa y el Concordato con la Santa Sede, se estableció que las confesiones tendrían beneficios tributarios bajo el argumento de que cumplen una labor espiritual y social, distinta a la empresarial.

El razonamiento era simple: una misa, un culto o una celebración litúrgica no deben ser tratados como una actividad económica. Sin embargo, en las últimas décadas muchas instituciones religiosas acumularon propiedades, fundaron colegios, universidades e incluso medios de comunicación. Dichas actividades, aunque generen ingresos, quedaron protegidas bajo el mismo paraguas de exención, lo que explica el vacío fiscal que hoy se busca corregir.

¿En qué países las iglesias pagan impuestos?

El debate sobre los impuestos a iglesias no es exclusivo de Colombia. En varios países ya se ha avanzado hacia un esquema mixto:

  • Estados Unidos: las iglesias no pagan renta por donaciones, pero sí tributan sobre negocios y propiedades no dedicadas al culto.

  • Alemania y Austria: existe un “impuesto eclesiástico” que los fieles pagan al Estado, y este transfiere los recursos a la iglesia de su preferencia.

  • México: las limosnas y diezmos no se gravan, pero sí los ingresos derivados de actividades económicas.

  • Chile: las instituciones religiosas tributan si manejan bienes o negocios ajenos a la práctica espiritual.

En la mayoría de estos países, la línea divisoria es clara: la fe no paga impuestos, pero los negocios sí. Colombia parece moverse en esa misma dirección, aunque con un alto nivel de resistencia política y social.

Una pulseada entre déficit fiscal y poder religioso

Más que un acto de equidad tributaria, la propuesta parece ser una jugada desesperada del Gobierno en medio de un déficit fiscal que sigue sin cerrarse. La presión por financiar sus programas sociales y sostener el gasto público ha llevado al Ejecutivo a poner sobre la mesa un debate que en otros momentos había evitado, quizá por cálculo político.

El discurso oficial plantea que no se gravará la fe ni el culto, pero lo cierto es que la medida responde a una necesidad urgente de recaudo. La pregunta de fondo es si el Estado está diseñando una política tributaria coherente y sostenible, o si simplemente está buscando nuevas fuentes de ingreso en sectores con alto impacto mediático, aun cuando esto pueda abrir frentes de confrontación social y política.

El exdirector de la Dian, Lisandro Junco, señaló a La República que aumentar la carga impositiva de las iglesias y organizaciones religiosas, constituiría no solo un desconocimiento de la actividad que realizan y que la Corte Constitucional en sentencias ha reconocido como elemento fundamental del bien común y del desarrollo de la comunidad nacional, sino un claro efecto jurídico frente a un tratado internacional celebrado por el Estado colombiano.

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