Involucrados en Hidroituango actuaron con culpa grave: Vicecontralor

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El vicecontralor general, Julián Ruiz afirmó que las 17 personas naturales y las nueve sociedades involucradas en el fallo de responsabilidad fiscal por la emergencia en el proyecto Hidroituango que emitió la entidad, no actuaron con dolo, pero sí con culpa grave.


Por: Redacción 360 Radio

El funcionario explicó que el fallo de responsabilidad fiscal es la declaración sobre la conducta pasiva u omisiva de las personas que actuaron con dolo o con culpa grave y que ocasionó un daño al patrimonio público.

No obstante, para el caso de Hidroituango, el vicecontralor afirmó que “se encontró que las personas jurídicas y naturales actuaron con culpa grave, es decir, no actuaron con la suficiente diligencia o impericia que requería el ejercicio de sus funciones, sus relaciones contractuales y demás”.

Ruiz señaló que los 26 involucrados tienen conductas que se explican en el fallo. “Las personas de la Junta Directiva de Hidroituango no tomaron los correctivos a tiempo, aprobaron planes de aceleración sin la debida planeación, tomaron malas decisiones”.

El fallo emitido por la Contraloría es con responsabilidad solidaria, dijo, en tanto que todos los implicados contribuyeron de alguna medida al daño. “Cuando no es posible dividir en cuánto contribuyó al daño la conducta de una u otra persona, la responsabilidad se declara solidaria con el fin de lograr el resarcimiento al patrimonio público de una mejor manera”.

“El corte que tenemos en este proceso es a junio de 2019 para la cuantificación del daño patrimonial y los hechos u omisiones que ocasionaron este daño se encuentran en el periodo 2008 – 2015. Entonces, con lo que está sucediendo hoy en el proyecto podría seguirse ocasionando un daño, pero no se encuentra dentro del margen de este proceso de responsabilidad”.

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El vicecontralor sostuvo que en el proceso hay embargos y faltarán otros, pero, “lamentablemente si no alcanzan los bienes y los dineros en caso de ser confirmado el fallo mediante el proceso de jurisdicción, se seguirá persiguiendo hasta que la obligación prescriba”.

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