En el Congreso de la República radicaron un proyecto de ley que pretende otorgar dos días de licencia remunerada como luto a los trabajadores por la muerte de sus mascotas.
Por: Redacción 360 Radio
Dentro de los argumentos expuestos, está el fuerte vínculo sentimental entre humanos y animales. Esta iniciativa es del representante Alejandro Carlos Chacón, donde mencionó que el trabajador deberá informar al inicio del vínculo laboral la existencia de la mascota.
“El trabajador deberá entregar prueba sumaria que demuestre el deceso del animal de compañía o doméstico”, dice el artículo, no obstante, algo para tener en cuenta es que este requisito es obligatorio, de lo contrario, la empresa no estará obligada a otorgar la licencia.
“El empleado no está obligado a otorgar la licencia remunerada por luto de dos días por la muerte del animal de compañía doméstico, cuando el trabajador no cumpla con lo establecido en la presente ley”.
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El proyecto resalta la importancia de las mascotas en las familias, por ende, estipularon que el beneficio no sea solamente para la mascota directamente, sino para una que exista en el núcleo familiar.
El proyecto “tiene por objeto establecer la obligación del empleador de otorgar al trabajador la licencia de luto remunerada por el fallecimiento de su animal de compañía doméstico y el deber del trabajador de informar al empleador que dentro de su núcleo familiar existe un animal de compañía doméstico como requisito para acceder al beneficio”.
De acuerdo con la ponencia, “surge al entender el valor que tiene el vínculo sentimental entre humano y animales domésticos de compañía”, de modo que la licencia remunerada de dos días aplicaría para cualquier trabajador, sin importar la modalidad de contratación o vinculación laboral.
Sin embargo, el proyecto también explica que habrá ligar a sanciones en caso de que el trabajador mienta sobre el fallecimiento de su mascota o si presenta certificaciones falsas de la muerte. La licencia no aplicará para animales de fauna silvestre o exótica.