El Gobierno de Colombia definió el listado completo de productos originarios de Ecuador que estarán sujetos a un arancel ad valorem del 30 %, como parte de las medidas comerciales transitorias adoptadas para restablecer el equilibrio en las condiciones de intercambio bilateral. La decisión fue aprobada por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A) y anunciada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
De acuerdo con cifras oficiales, entre enero de 2023 y octubre de 2025, el volumen importado de estos productos alcanzó 683.825,8 toneladas, lo que dimensiona el impacto comercial de la decisión adoptada por el Gobierno Nacional.
Lista completa de productos de Ecuador que tendrán arancel del 30% en Colombia

El listado definido por el Gobierno colombiano comprende los siguientes bienes de origen ecuatoriano:
Productos agrícolas y agroindustriales: Frijoles comunes secos y frijoles caupí; arroz con cáscara para siembra; arroz semiblanqueado o blanqueado de grano corto, mediano y largo; arroz partido; grasas y aceites de pescado; aceite de palma en bruto y refinado; aceite de girasol; grasas y aceites vegetales hidrogenados o modificados; cacao en polvo sin adición de azúcar; alcohol etílico sin desnaturalizar y alcoholes etílicos desnaturalizados; plátanos frescos y secos; bocadillo u orito fresco; azúcar de caña (panela); azúcares de caña o remolacha en estado sólido, en bruto o refinados, con o sin adición de aromatizantes o colorantes.
Productos químicos y agroquímicos: Bentonita; insecticidas en distintas presentaciones, incluidos los que contienen piretro; fungicidas, incluidos los que contienen mancozeb, maneb, propineb o zineb; desinfectantes; raticidas y productos antirroedores.
Plásticos, envases y empaques: Policloruro de vinilo (PVC) plastificado y sin plastificar; láminas, placas, cintas y películas autoadhesivas de plástico; cajas, cajones y artículos similares; sacos, bolsas y cucuruchos de polímeros de etileno y polipropileno; bombonas, botellas, frascos y recipientes plásticos de distintas capacidades; tapas, tapones y dispositivos de cierre; artículos plásticos para transporte o envasado.
Papel, cartón y textiles para embalaje: Papeles para acanalar; papel testliner de fibras recicladas; papeles y cartones de alto gramaje; continentes intermedios flexibles para productos a granel; sacos y talegas textiles para envasado.
Productos industriales y manufacturas: Neumáticos nuevos de caucho para automóviles, autobuses, camiones y aeronaves; calzado impermeable con suela y parte superior de caucho o plástico, con y sin puntera metálica; tubos soldados de hierro, acero y acero inoxidable, de sección circular, cuadrada o rectangular; tubos de aluminio y aleaciones de aluminio; herramientas industriales como brocas, barrenas, trépanos, útiles de perforación, roscado, taladrado, fresado, escariado y brochado.
Por qué es importante: La ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, explicó que la medida se adopta como un instrumento de defensa de la seguridad nacional, en el marco de las normas del comercio internacional. Según señaló, el arancel impuesto por Ecuador a las importaciones colombianas desconoce compromisos asumidos en la Comunidad Andina, genera tensiones bilaterales y afecta el sistema económico del país.
La decisión hace parte de la respuesta institucional del Estado colombiano frente al anuncio unilateral del Gobierno ecuatoriano de imponer, a partir del 1 de febrero de 2026, un arancel del 30 % a productos colombianos, bajo el argumento de una supuesta falta de reciprocidad en la lucha contra el crimen organizado.
Adicionalmente, el Gobierno Nacional evalúa incluir medidas complementarias, como la restricción al ingreso terrestre de productos agropecuarios frescos, en particular arroz, y limitaciones a la importación de insumos que puedan ser utilizados para la fabricación de fentanilo. Estas disposiciones estarán sujetas al análisis técnico y legal de la DIAN, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Agricultura, en coherencia con la normativa vigente y los compromisos internacionales del país.