Los impuestos que quedan en suspenso tras la caída de la emergencia económica

La suspensión provisional de la emergencia económica por parte de la Corte Constitucional dejó sin efecto inmediato varios impuestos creados por el Gobierno para enfrentar el déficit fiscal.

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La suspensión provisional de la emergencia económica por parte de la Corte Constitucional dejó en el aire un paquete de impuestos y contribuciones que el Gobierno había puesto en marcha para enfrentar el déficit fiscal y atender urgencias financieras en sectores clave. La decisión del alto tribunal, adoptada como medida cautelar mientras se estudia de fondo la constitucionalidad de los decretos, implica que varios tributos dejan de tener efectos inmediatos.

El detonante de la suspensión fue la negativa de un bloque de gobernadores a aplicar el IVA del 19 % a los licores, una de las medidas más controvertidas del paquete. La resistencia de las regiones, sumada a las demandas presentadas, llevó a la Corte a frenar temporalmente la emergencia y, con ella, los impuestos expedidos bajo ese marco excepcional.

2ª edición de la Convención de Exploración Energética

Corte Constitucional frena paquete de impuestos tras suspender la emergencia económica

Uno de los tributos que queda en suspenso es el aumento progresivo del impuesto al patrimonio, que pretendía llegar hasta el 5 %. Con esta medida, el Ejecutivo buscaba reactivar un punto de la reforma tributaria que se hundió en el Congreso y que estaba dirigido a personas naturales y jurídicas con altos patrimonios. Su aplicación generó preocupación en el sector empresarial por el impacto sobre la inversión y la estabilidad financiera.

También se congela la sobretasa de 15 puntos porcentuales al impuesto de renta para las entidades financieras. Aunque el Gobierno defendió la medida argumentando que el sector tenía la capacidad de asumirla, los bancos advirtieron que el mayor costo terminaría trasladándose a los usuarios a través de créditos más caros.

Los impuestos que quedan en suspenso tras la caída de la emergencia económica

Otro decreto que pierde vigencia provisional es el que reducía el umbral de minimis para importaciones de bajo valor, pasando de 200 a 50 dólares. El objetivo era aumentar el recaudo y combatir la evasión, pero la medida afectaba directamente a pequeños importadores, emprendedores y consumidores que compran productos a través de plataformas de comercio electrónico.

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A este grupo se suma el IVA del 19 % a las bebidas alcohólicas y al tabaco, uno de los impuestos que más rechazo generó entre los gremios y las autoridades territoriales. Aunque el Ministerio de Hacienda sostuvo que buscaba desincentivar el consumo, gobernadores alertaron sobre el golpe a las finanzas regionales y al recaudo de rentas departamentales.

En el sector minero-energético, la suspensión también frena el impuesto del 1 % a la extracción de petróleo y carbón, una medida que las empresas calificaron como perjudicial para la competitividad y la inversión. De igual forma, quedan sin efecto dos contribuciones dirigidas al sector eléctrico: una parafiscal del 2,5 % sobre la utilidad antes de impuestos de las generadoras y la contraprestación del 12 % de la energía hidráulica transada en bolsa.

Según el Gobierno, con los decretos expedidos durante los 30 días de vigencia de la emergencia se buscaba asegurar cerca de 12 billones de pesos, razón por la cual se planteaba una prórroga para completar los recursos faltantes en el Presupuesto General de 2026. Ahora, ese plan queda en suspenso.

Sobre el dinero ya recaudado, expertos coinciden en que su devolución sería compleja. Constitucionalistas y economistas advierten que, al tratarse en su mayoría de impuestos indirectos, los fallos suelen tener efectos hacia adelante, lo que dificulta cualquier reembolso. La suspensión, sin embargo, permitirá evitar impactos económicos irreversibles mientras la Corte define si los decretos se ajustan o no a la Constitución.

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