Los nuevos impuestos de la reforma tributaria para quiénes aplican

El Gobierno colombiano ha presentado una reforma tributaria con el objetivo recaudatorio de 25 a 26 billones de pesos adicionales, destinados a financiar el presupuesto de 2026 y estabilizar las finanzas públicas.

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El Gobierno colombiano ha presentado una reforma tributaria con el objetivo recaudatorio de 25 a 26 billones de pesos adicionales, destinados a financiar el presupuesto de 2026 y estabilizar las finanzas públicas.

Medidas vigentes por decreto (temporales, pero con intención de ser permanentes)

2ª edición de la Convención de Exploración Energética

Estos tributos provienen del Decreto 174 de febrero de 2025 (estado de conmoción interior) y tienen vigencia inicialmente de 90 días, aunque el Gobierno busca incorporarlos definitivamente.

Estos son los nuevos impuestos de la reforma tributaria o ley de financiamiento

IVA del 19 % a apuestas en línea: Aplica a las personas que realicen recargas en plataformas digitales de juegos de azar, sobre el valor ingresado, no las ganancias.

Impuesto del 1 % sobre exportaciones o primera venta de petróleo y carbón: Paga las empresas del sector extractivo.

Timbre del 1 % en trámites notariales y documentos oficiales: Como escrituras, certificaciones, radicaciones externas, pasaportes, apostillas, etc.

Alto valor en transacciones: Para trámites notariales o documentos > $300 millones COP, se aplica el timbre del 1 %.

Todos estos impuestos estarían vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025, aunque su duración está actualmente sujeta a discusión en el Congreso.

Reforma tributaria propuesta ante el Congreso (2025‑2026)

La iniciativa presentada busca recaudar recursos adicionales con una serie de impuestos permanentes, entre los que destacan:

Impuestos sobre renta y patrimonio

Personas naturales: Se implementa una tabla progresiva con tarifas marginales de hasta 41 % para quienes tienen ingresos altos.

Sucursal financiera: Instituciones financieras, aseguradoras y comisionistas pagarán un impuesto del 50 % en renta (15 puntos adicionales).

Empresas del sector extractivo: Carbón y petróleo pagarán un recargo sobre la renta (0–15 %) si su base gravable supera 50,000 UVT.

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Impuesto al patrimonio: Personas con patrimonio mayor a 40,000 UVT sufren tarifas progresivas hasta 5 %, bajando a 1 % en 2027 para patrimonios mayores a 122,000 UVT.

Impuestos saludables (alimentos y bebidas no saludables)

Alimentos ultraprocesados: Se gravan según contenido de azúcar, grasas saturadas o sodio. Entraría en vigor a partir del 1 de noviembre de 2026.

Bebidas azucaradas: Cobro según gramos de azúcar por 100 ml. No aplican para bebidas de exportación.

IVA y ajustes sectoriales

IVA: Se ampliaría la base gravable incorporando productos/servicios actualmente exentos y, al mismo tiempo, se reducirían tarifas para ciertos productos de la canasta básica.

Otros productos gravados: Se aumentan impuestos al consumo de cerveza, licores, tabaco y derivados, y se ajustan aranceles para financiar el aseguramiento en salud.

Otros sectores afectados

Ganancias ocasionales: Loterías, rifas y similares quedan gravadas al 30 %. La ganancia por enajenación de activos fijos (menos de 4 años) se considera como renta ordinaria.

Iglesias: Deben tributar renta por actividades comerciales separadas de sus funciones religiosas.

Impuesto al carbono: Se crea con tarifas ajustables (IPC + 2 puntos), exento hasta el 30% si se certifica carbono neutralidad. El recaudo se destina a biodiversidad y sustitución de cultivos ilícitos.

Ganancias ocasionales y dividendos

Las ganancias por loterías, rifas, herencias y apuestas tendrán una tarifa del 30%.

Dividendos pagados a no residentes también tributarán al 30 %.

Además, las utilidades por venta de activos fijos poseídos por menos de 4 años dejarán de considerarse ganancia ocasional y pasarán a renta líquida ordinaria.

Otros sectores impactados

Temporales convertidos en permanentes: Varios tributos decretados bajo el estado de conmoción interior —como IVA a apuestas en línea, impuesto de timbre del 1% para trámites notariales y aportes a sectores extractivos— podrían quedar permanentes si la reforma es aprobada.

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¿A quién aplica cada impuesto?

Grupo afectado Medida tributaria: Personas naturales con altos ingresos: Renta progresiva hasta 41%, impuesto al patrimonio desde 40.000 UVT.

Empresas financieras y bursátiles: Renta elevada (40‑50 %).

Empresas de petróleo y carbón: Recargos de 0‑15 % + impuesto especial del 1 %.

Consumidores de bienes/servicios: IVA al 19 % en bienes antes exentos; nuevos gravámenes en entretenimiento y digital.

Operadores o usuarios de apuestas online: IVA del 19 % —antes exento o menor—.

Herederos o beneficiarios ocasionales: Ganancias ocasionales gravadas al 30 %.

Ciudadanos consumiendo combustibles: IVA del 10 % en gasolina/ACPM (2026‑2027).

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