Muelle 13 de Buenaventura seguirá con operaciones suspendidas: esto se sabe

La decisión judicial negó la petición de Grupo Portuario de reactivar el muelle y de obtener indemnización por supuestos perjuicios derivados de la medida.

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la suspensión de la operación del muelle 13 en el puerto de Buenaventura, luego de negar la medida cautelar solicitada por Grupo Portuario S.A.. Con esta decisión, queda en firme la orden impartida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) el pasado 2 de enero de 2025, mediante la Resolución 4, que ordenó la suspensión preventiva y transitoria de las actividades del proyecto.


Panorama general: La empresa interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho en contra de la resolución de la ANLA, alegando que la medida vulneraba su condición como titular del proyecto. En su escrito, el concesionario pidió tres cosas concretas:

  1. Reanudar de inmediato las operaciones suspendidas.

  2. Condenar a la ANLA al pago de los perjuicios, con intereses e indexación.

  3. Reconocer las costas procesales.

Grupo Portuario argumentó que, desde el 18 de octubre de 2005, es titular del Contrato de Concesión Portuaria No. 002 de 2005, suscrito inicialmente con el Instituto Nacional de Concesiones (INCO) y hoy bajo responsabilidad de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).

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Por qué es importante: En la resolución del 2 de enero de 2025, la ANLA impuso la medida preventiva al determinar que la compañía no había acreditado los instrumentos de manejo y control ambiental necesarios para continuar con la operación. Por esta razón, ordenó suspender temporalmente las actividades del muelle 13 hasta tanto se demostrara el cumplimiento de dichos requisitos.

La magistrada Ana Margoth Chamorro Benavides, en el Auto Interlocutorio 411 del 17 de septiembre de 2025, consideró que en esta etapa del proceso no existían elementos jurídicos suficientes para concluir que la resolución de la ANLA presentara vicios de nulidad. En consecuencia, el Tribunal negó la medida cautelar solicitada por la empresa y mantuvo la suspensión vigente.

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En la providencia también se aceptó la intervención de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, representada en el proceso por la abogada Eliana María Labrador Flórez, y se reconoció al abogado Carlos Eduardo Medellín Becerra como apoderado judicial de la ANLA.

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