Otro golpe al sector minero y petrolero: así es el nuevo impuesto que deberán pagar en Colombia

El sector minero afrontará un nuevo impuesto especial que gravará la extracción de carbón y petróleo, aplicable en la primera venta o exportación, con tarifas del 1%.

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Dudas, comentarios y malestar ha generado la nueva Ley de Financiamiento o reforma tributaria que el Gobierno ha radicado este 1 de septiembre y que nuevamente tocan al sector minero y petrolero en Colombia, con nuevos impuestos.

En el documento presentado y la rueda de prensa dada por el Ministro de Hacienda, se confirmó que se trata de un tributo distinto al impuesto al carbono, cuyo hecho generador será la primera venta de estos productos en el mercado interno o su exportación al exterior.

Germán Ávila dijo en rueda de prensa que: «En materia minero-energética establecemos un impuesto especial al sector de extracción de petróleo crudo y carbón del 1% para la primera venta o exportación, vigente en este momento para la conmoción interior».

«Sin embargo, aquí tenemos un cuidado de excluir los productores con ventas inferiores a 50.000 UVT el año anterior, como lo acordamos con mineros de Boyacá y otras regiones, esto está dirigido a grandes productores en materia de carbón. Esto nos generaría cerca de 600 mil millones de pesos en 2026 y 920 mil millones en el año 2030», agregó.

Nuevo impuesto al sector minero y petrolero

A diferencia de otros gravámenes, este impuesto será monofásico, lo que significa que solo se pagará una vez: en la primera venta para consumo interno o en el momento de la exportación. Las etapas posteriores de la cadena económica no estarán sujetas al cobro.

El tributo se aplicará únicamente a grandes jugadores del sector. Solo deberán liquidarlo y pagarlo aquellas empresas que en el año anterior hayan tenido una renta líquida superior a 50.000 UVT (equivalente a $2.489 millones en 2025). De esta manera, quedarían excluidos los pequeños mineros y quienes ejercen minería artesanal.

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Foto: Redes sociales

En cuanto a las tarifas, se fijó un cobro del 1% sobre el precio de primera venta o el precio FOB en exportaciones para los siguientes productos:

  • Hulla y derivados sólidos: briquetas, ovoides y otros combustibles obtenidos de la hulla (partida arancelaria 27.01).

  • Aceites crudos de petróleo o de mineral bituminoso (partida arancelaria 27.09).

El calendario de pago también será estricto pues en el mercado interno, el impuesto deberá cancelarse dentro de los primeros 5 días de cada mes. Además, para las exportaciones, el plazo será de hasta 10 días después de realizada la operación.

En la práctica, este nuevo impuesto busca aumentar la contribución fiscal de las grandes compañías del sector extractivo, en un contexto en el que el país discute cómo equilibrar sus finanzas públicas sin frenar la inversión.

Mauricio Téllez, experto en esta materia, dijo en su cuenta de X que «La reforma tributaria o ley de financiamiento le daría muy duro al sector de petróleo y carbón. Durísimo. Y el golpe vendría cuando más tenemos que garantizar nuestra soberanía energética y cuando varias de las grandes petroleras se han ido de exploración y producción en Colombia».

Cabe añadir que justo días atrás, en el Congreso Nacional de Minería, Juan Camilo Nariño dijo que «El sector minero en Colombia no aguanta un impuesto más».

“Este ha sido un gobierno con una ambición regulatoria sin precedentes. Ninguno antes había querido modificar tanto y de manera tan improvisada las reglas del juego, y eso ha generado incertidumbre. No en vano el sector minero fue el que más decreció en la economía colombiana en el primer trimestre de este año, y también el año pasado”, señaló Nariño.

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