El impuesto predial 2025 es una obligación tributaria que deben cumplir anualmente los propietarios de bienes inmuebles en Colombia. Este tributo se calcula con base en el avalúo catastral de cada propiedad y es fundamental para el financiamiento de los municipios y distritos del país.
Para el año 2025, el Gobierno Nacional ha establecido un incremento del 3% en el avalúo catastral, lo que influirá en el valor a pagar por este impuesto.
Cómo pagar el impuesto predial 2025 en Colombia: Guía por ciudades
A continuación, se detalla el proceso para descargar y pagar el impuesto predial en algunas de las principales ciudades de Colombia:
Bogotá
En la capital del país, la Secretaría Distrital de Hacienda ha dispuesto una plataforma en línea para facilitar el acceso y pago del impuesto predial. Los contribuyentes pueden obtener su factura siguiendo estos pasos:
- Acceder al portal oficial: Ingrese al sitio web de la Secretaría Distrital de Hacienda: www .haciendabogota .gov .co .
- Oficina Virtual: Ubique y haga clic en el botón denominado ‘Oficina Virtual’.
- Registro o inicio de sesión: Si es un usuario nuevo, deberá registrarse proporcionando su número de cédula y creando una contraseña. Si ya está registrado, simplemente inicie sesión.
- Consulta de obligaciones: Una vez dentro, seleccione la opción ‘Consultas’, luego ‘Obligaciones pendientes’ y, finalmente, ‘Impuesto Predial’.
- Descarga de la factura: Aquí podrá visualizar el valor a pagar y tendrá la opción de descargar el recibo para pagarlo en línea o de manera presencial en las entidades autorizadas.
Es importante tener en cuenta las fechas establecidas para el pago del impuesto predial en Bogotá:
- Pago con descuento del 10%: Hasta el 25 de abril de 2025.
- Pago sin descuento y sin penalidad: Hasta el 11 de julio de 2025.
- Pago en cuatro cuotas sin intereses: Para acogerse a esta modalidad, debe inscribirse antes del 9 de mayo de 2025. Las fechas de pago de las cuotas son:
- Primera cuota: 6 de junio.
- Segunda cuota: 8 de agosto.
- Tercera cuota: 3 de octubre.
- Cuarta cuota: 5 de diciembre
Medellín
En Medellín, la Alcaldía ha implementado un sistema en línea para la gestión del impuesto predial. Los pasos para seguir son:
- Ingresar al portal oficial: Visite www.medellin.gov.co .
- Zona de trámites y servicios: Seleccione la opción correspondiente al impuesto predial.
- Consulta y descarga: Ingrese los datos solicitados, como el número de cédula del propietario y la referencia catastral del inmueble, para consultar y descargar la factura.
- Pago: Puede realizar el pago en línea a través de la plataforma PSE o imprimir la factura para pagarla en las entidades bancarias autorizadas.
Cali
Para los contribuyentes en Cali, el proceso es el siguiente:
- Acceder al portal de la Alcaldía: Diríjase a www.cali.gov.co.
- Trámites en línea: Busque la sección de trámites y seleccione ‘Impuesto Predial’.
- Consulta de factura: Ingrese la información requerida para consultar su obligación tributaria.
- Descarga y pago: Descargue la factura y elija entre pagar en línea o de manera presencial en los puntos autorizados.
Barranquilla
En Barranquilla, el procedimiento es similar:
- Visitar el portal oficial: Ingrese a www.barranquilla.gov.co .
- Impuesto Predial: Seleccione la opción correspondiente en el menú de trámites.
- Consulta y descarga: Proporcione los datos solicitados para acceder a su factura.
- Pago: Realice el pago en línea o en las entidades bancarias autorizadas.
Recomendaciones generales
- Mantenerse informado: Es crucial estar al tanto de las fechas límite de pago y los posibles descuentos ofrecidos por cada municipio o distrito.
- Verificar la información: Asegúrese de que los datos del inmueble y del propietario sean correctos antes de realizar el pago.
- Conservar los comprobantes: Guarde los recibos de pago como soporte en caso de futuras verificaciones o trámites.
Cumplir con el pago del impuesto predial no solo evita sanciones y recargos, sino que también contribuye al desarrollo y mantenimiento de los servicios públicos en su localidad. Para más información, puede consultar los portales oficiales de las alcaldías o comunicarse directamente con las secretarías de hacienda de su municipio.
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