¿Podría ser inhabilitado el nuevo gerente de EPM?

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La designación de Jorge Andrés Carrillo en la gerencia de EPM, llevó a varios sectores a considerar una posible inhabilidad con base en leyes del Consejo de Estado.


Por: Redacción 360 Radio

Jorge Andrés Carrillo Cardoso, exviceministro de Aguas y exsuperintendente delegado de la Superintendencia de Servicios, fue nombrado como el nuevo gerente de EPM por designación del alcalde de Medellín, Daniel Quintero, después de que Alejandro Caderón Chatet no asumiera el cargo por “los altos niveles de polarización política que viven la ciudad”.

Algunas horas después, se alzaron las voces desde la Cámara de Representantes, reproduciendo la oposición a esta decisión, Jorge Gómez Gallego, afirmó en su cuenta de Twitter que la voluntad del alcalde al designar a Carrillo, desconoce la ley, en el Tweet que inició el debate legal, trinó lo siguiente:

“Lamentamos que el alcalde @QuinteroCalle no conozca la ley. Artículo 79 y 102 de la ley 489 así como el artículo 10 del decreto 128, inhabitan al señor Carrillo para asumir la gerencia de EPM @EPMestamosahi, al ser parte de la Junta Directiva de la empresa.”

“En el decreto 128 de 1976, artículo 10, se afirma que los miembros de las juntas o consejos, durante el ejercicio de sus funciones y dentro del año siguiente a su retiro, y los gerentes o directores, dentro del período últimamente señalado, no podrán prestar sus servicios profesionales en la entidad en la cual actúa o actuaron ni en las que hagan parte del sector administrativo al que aquélla pertenece”. Sostuvo, Gómez.

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“El afán es un mal consejero. Si se quiere un buen gerente para EPM, que sirva a la empresa y que actúe con independencia al Alcalde @QuinteroCalle hay que hacer un proceso de selección público, abierto y transparente.”, agregó en otro Tweet el representante antioqueño en el congreso.

En respuesta desde la administración municipal, el Secretario General de la Alcaldía, Jhonatan Villada, especialista en contratación estatal, respondió al debate: “Señor jorge, la interpretación que haces no es adecuada, la remisión de la ley 489 sobre inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el decreto 128 del 76, no afecta el nombramiento del nuevo gerente, el ingreso lo hace como empleado público y no como contratista”.

La entrada del nuevo gerente de EPM, a pesar de cuestionada, no parece que vaya a poner en la cuerda floja su futuro en el cargo y la respuesta podría hacer parte de la dinámica politica que vive la ciudad, una pregunta extra en este contexto podría ser: ¿vale realmente la pena continuar desestabilizando EPM por los intereses de personajes que vienen y se van?

En agosto, Fitch Ratings bajó la calificación de la empresa a BBB- con perspectiva negativa para las emisiones internacionales por una mayor intervención de la ciudad en EPM.

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