Procuradora Margarita Cabello señaló que la Ley de Paz Total no es constitucional

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En un nuevo concepto sobre la norma, la Procuradora reiteró que la Ley de Paz Total formulada por Gustavo Petro es inexequible y no se ajusta a la Constitución.

Por: Redacción 360 Radio

La ‘Ley de Paz Total’ vuelve a estar por segunda vez en juego en la Corte Constitucional, pues el alto tribunal recibió un nuevo concepto de la Procuraduría, que pide tumbar este proyecto, por supuestos vicios en el trámite del proyecto en el Congreso.

Durante la mañana de este martes, la Procuradora General, Margarita Cabello Blanco, reiteró que la Ley de Paz Total (2272 de 2022) no se ajusta a la Constitución.

La jefe del Ministerio Público señaló que los congresistas no tuvieron la posibilidad de desarrollar los debates de la ley de manera informada, pues se vio afectada ante la ausencia de insumos técnicos, que no contaron con el concepto del Consejo Superior de Política Criminal que debía remitirse al proceso legislativo. 

“Para el Ministerio Público era relevante el concepto del Consejo Superior de Política Criminal para que las cámaras hubieran podido deliberar de forma ilustrada sobre las normas que regulan aspectos del sometimiento de las estructuras organizadas de crimen de alto impacto”, mencionó la Procuradora.

Además, advirtió que la revisión del trámite legislativo permitió evidenciar “que la ausencia de la emisión y envío del concepto a las cámaras no fue una situación accidental, sino que se trató de una actuación deliberada, en la que el Gobierno Nacional no actuó razonablemente para que los congresistas contarán con dicho insumo en el desarrollo de sus deliberaciones”.

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De esta manera, la Procuradora señala que esa omisión derivó en la violación de los mandatos constitucionales, los cuales exigen que los debates de las cámaras sean debidamente ilustrados, así como del principio de seguridad jurídica, pues los legisladores aprobaron un cuerpo normativo que no cumplía con la medida de autocontrol exigido en la normativa vigente.

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