Por medio de un documento de 15 páginas del pasado 25 de noviembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) advirtió que la reforma del Código Disciplinario de la Procuraduría no cumple con las órdenes emitidas en su sentencia contra Colombia.
Por: Redacción 360 Radio
Con el Decreto firmado por el presidente Iván Duque, la Procuraduría General de la Nación creó 1.208 nuevos cargos, que a todas luces y para muchos sectores, representa un despilfarro de dinero en medio de la reactivación económica tras el COVID-19, que aún no termina.
El documento señaló que lo que se ordenó fue eliminar funciones de la Procuraduría sobre las sanciones disciplinarias en contra de funcionarios públicos de elección popular, tras el caso de Gustavo Petro.
La Corte IDH sostuvo que la Procuraduría no puede sancionar ni inhabilitar a funcionarios públicos de elección popular, al contrario, el fallo lo deberá emitir un juez penal.
“Es pertinente recordar que en varias partes del fallo este tribunal fue enfático en reiterar que una “restricción a derechos políticos por destitución o inhabilitación de funcionarios electos por elección popular, impuesta por vía de sanción, debería tratarse de una ‘condena, por juez competente en proceso penal’”.
También dice la Corte IDH que “cuando un funcionario público de elección popular cometa una conducta ilícita que pueda culminar con la imposición de una sanción consistente en su destitución y/o inhabilitación, esta deberá ser impuesta por sentencia de “un juez competente en el correspondiente proceso penal”, no por una autoridad administrativa a la que se han otorgado funciones jurisdiccionales”.
Una demanda en la Corte Constitucional contra la reforma al Código disciplinario advierte que no se cumple la sentencia de la Corte IDH y se estaría otorgando funciones de juez a la Procuraduría, violando las independencias de poder y funciones de la Rama Judicial.
Por ende, en ningún momento la Corte IDH dijo que tras el caso de Gustavo Petro, la Procuraduría debía crear más de 1.000 puestos.