Proyecto de Ley busca poner un tope de ganancias a empresas del sector energético en Colombia

Empresas del sector energético sufrirían un duro golpe de ser aprobado este Proyecto de Ley en el Congreso.

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Preocupación ha generado la divulgación del Proyecto de Ley 220 de 2024 que fue aprobado en segundo debate del Senado, tras ser aprobado en plenaria en diciembre de 2024, y que pasará a su tercer debate a la Cámara de Representantes; su principal crítica es el golpe autoritario que daría a empresas del sector energético en el país.

Este proyecto de Ley 220/24 tiene como senador ponente a Julio Alberto Elías Vidal, del Partido Unión por La Gente, quien ha logrado avanzar en dos debates a este cuestionable proyecto que, sin duda, es una seria afectación al sector energético en Colombia.

El texto publicado en la Gaceta del Congreso, llamado “Por medio de la cual se regulan las fórmulas tarifarias en energía y se dictan otras disposiciones», tiene como objeto, según el artículo 1, establecee directrices para la modificación en las fórmulas tarifarias, buscando un equilibrio entre la sostenibilidad económica de las empresas operadoras y los intereses de los usuarios del servicio de energía.

Ganancias de empresas del sector energético en Colombia

¿Cómo afectarán a empresas del sector energético?

A lo largo del documento se plantean distintos escenarios para las compañías, pero  a la vez prohíbe trasladar pérdidas no técnicas en la Costa Caribe Colombiana, es decir, da pie para que se produzca un desfinanciamiento de estas empresas y así se pone en riesgo la calidad del servicio.

Sin embargo, el artículo con mayor incertidumbre, polémica y que pone en riesgo a las empresas del sector energético en Colombia es el número 13, uno nuevo en el proyecto que en el que se modifíca el artículo 22 de la ley 143 de 1994.

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Impacto de la crisis de subsidios en las tarifas de energía y gas en Colombia
Foto: Redes

En primer lugar asegura que «Los costos del servicio de regulación serán cubiertos por todas las entidades sometidas a su regulación y el monto total de la contribución no podrá ser superior al 1% del valor de los gastos de funcionamiento excluyendo los gastos operativos, compras de electricidad, compras de combustibles y peajes, cuando hubiere lugar a ello, de la entidad regulada, incurrido el año anterior a aquel en que se haga el cobro, de acuerdo con los estados financieros puestos a disposición de la Superintendencia de Servicios Públicos y de la Comisión de Regulación de Energía y Gas».

No obstante, en el parágrafo 2 se evidencia un fuerte golpe para las empresas de este sector que ya está golpeado en Colombia.

PARÁGRAFO 2. «Todas las empresas del sector energético tendrán un tope de ganancias establecido según el costo de su participación en el sector, este tope será establecido año a año por un comité conformado por el ministerio de minas y energía – MME, la administradora del sistema intercambios comerciales – SIC y la superintendencia de servicios públicos – SSPD, siguiendo el esquema de ingreso anual esperado u otro según estudio de UPME para este fin que debe realizar en máximo seis (6) meses después de aprobada la presente ley», dice.

PROYECTO 2

Además agrega que «A través del cruce de cuentas entre recaudo y la liquidación (entre otros aspectos) reportado en la ASIC. Tanto la UPME con el MME expedirán mediante resolución cada año los topes de ganancia para todas las empresas del sector y sus respectivos estudios actualizados, con planes específicos para las empresas de generación, distribución y comercialización de energía. En los casos en los que se exceda el tope de ganancia por parte de una empresa, el excedente irá a una cuenta única dedicada a aliviar las tarifas de comunidades vulnerables». 

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También, obliga a cada una de las empresas de generación de energía deberán hacer público el costo de generación de un kilo vatio hora, con sus distintos componentes y toda empresa del sector que adquiera un kilo vatio lo hará al precio ofertado. Se excluirá de la tarifa de energía los costos asociados a las pérdidas técnicas que deberán ser asumidos por las empresas del sector.

A este Proyecto de Ley aún le quedan dos debates en Cámara de Representantes para que pueda ser luego sancionado como Ley, y expertos han asegurado que el calendario hasta el 20 de junio de 2025 está cargado de actividades por lo que parece difícil que pueda ser aprobado. Pero, sin duda, es un proyecto que genera un golpe duro para las empresas del sector.

Un panorama difícil para el sector energético

Es clave señalar que Colombia no atraviesa su mejor momento en el sector energético. La Asociación Colombiana de Grandes Consumidores de Energía Industriales y Comerciales (Asoenergía) reportó que 2024 culminó con las tarifas de energía más elevadas registradas en los últimos 30 años.

Por ende gremios como Asoenergía solicitó a las autoridades competentes establecer una política energética que sea “clara y realizable”, fundamentada en un conocimiento profundo del marco legal y regulatorio.

De hecho, en el informe entregado en diciembre de 2023 plantearon la necesidad de adoptar medidas que fomentaran una energía asequible para todos los colombianos, especialmente en un contexto de alta demanda y limitaciones en la oferta.

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