La situación en la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura (SPRBUN), se ha visto marcada por una serie de investigaciones que han iniciado algunas entidades gubernamentales luego de evidenciar unas presuntas irregularidades.
Por: Redacción 360 Radio
El pasado 11 de julio de 2022 la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó abrir una investigación formal a cuatro personas naturales miembros de la SPRBUN, y adicionalmente se formularon pliegos de cargos a la Sociedad Portuaria. La investigación inició luego de que se presentaran varias quejas presentadas por operadores portuarios, agencias de aduanas y usuarios del Puerto de Buenaventura, así como por algunas autoridades como la Agencia Nacional de Infraestructura y el Ministerio de Comercio, Industria y turismo.
En el marco de la actuación administrativa la SIC evidenció que, al parecer desde el 2013, la SPRBUN habría aprovechado su rol como administrador de la infraestructura del Puerto de Buenaventura, para así implementar un conjunto de comportamientos y estrategias que le permitieran incrementar indebidamente su participación y la de sus empresas afiliadas (ZELSA y TECSA).
Esta estrategia habría afectado a los usuarios y operadores del Puerto de Buenaventura, los cuales se vieron sometidos a restricciones para la movilización de contenedores, obstáculos para realizar el manejo de la carga y el doble cobro de algunos servicios portuarios (pesaje), entre otras afectaciones. Además, SPRBUN habría dado un trato privilegiado a aquellos usuarios que contrataran directamente los servicios de operación portuaria con SPRBUN o con sus empresas afiliadas, en perjuicio de los operadores portuarios independientes.
La SIC, en su Resolución, indica que, por las conductas investigadas, pueden imponerse sanciones en contra de la SPRBUN que equivaldrían a unos 100.000 SMLMV (unos 100 mil millones de pesos para el 2022).
Ahora bien, por otro lado, mediante la Resolución No. 2661 del 8 de agosto de 2022, la Superintendencia de Transporte ordenó la apertura de una investigación y formuló pliego de cargos en contra de la SPRBUN, al encontrar que ésta llevaría a cabo una serie de conductas que presuntamente atentarían contra la prestación del servicio público portuario, en tanto habrían dificultado el acceso de operadores a las instalaciones de la Terminal concesionada a ella para prestar sus servicios y/o ejecutando actos para entorpecer, afectar y/o demorar la prestación de servicios por parte de distintos operadores portuarios
Lo anterior, presuntamente, con el propósito de obtener mayor margen dentro del esquema operativo de la instalación, en tanto que, concurre ante los clientes de los operadores a ofrecer y contratar sus servicios como operador portuario, obtiene réditos por la mayor permanencia de los clientes en el Puerto y; además, para el caso de la operación transporte de carga para la revisión de las autoridades esta se abría arrogado dicha facultad de forma exclusiva para sí.
Así mismo, la SPRBUN habría contrariado el funcionamiento continuo y eficiente de los puertos y la garantía de la operación de los puertos durante las veinticuatro horas todos los días del año y propiciar los aumentos de la eficiencia y el uso de las instalaciones portuarias (artículos 1, 3.2. y 3.3. de la Ley 1 de 1991); ii) el principio de acceso al transporte público, según el cual el transporte público implica la movilización de personas o cosas por medio de los vehículos apropiados en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad (artículo 3 de la Ley 105 de 1993) y; iii) el artículo 3 de la Ley 80 correspondiente a los fines de la contratación estatal según los cuales los contratos estatales “buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines”.
La sanción que podría imponer la Superintendencia de Transporte es de hasta 35 días de ingresos brutos del Puerto, lo cual podría equivaler a unos 20 mil millones de pesos.
Adicional a las aperturas de investigaciones mencionadas, la Superintendencia de Industria y Comercio, en sus facultades jurisdiccionales determinó el pasado 13 de julio de 2022 que la SPRBUN se encuentra infringiendo una Patente de Invención, cuyo titular es Guillermo Bobienrieth, inventor de la Patente denominada “Portatapas”.
El demandante solicitó al juez de la Superintendencia de Industria y Comercio que se protejan los derechos del inventor, para lo cual deberá: i) declarar que la Sociedad Portuaria de Buenaventura está infringiendo la patente; ii) declarar como infractor a la Sociedad Portuaria de Buenaventura y ordenarle cesar los actos de infracciones; iii) y que se le indemnice por perjuicios causados en más de 39 millones de dólares.
Durante la audiencia final el juez declaró el sentido del fallo, siendo favorable a las pretensiones del demandante e indicando que la Sociedad Portuaria de Buenaventura infringió la patente.
Cabe resaltar que desde el año 2018 la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura –SPRBUN- tiene vigentes dos medidas cautelares impuestas por la SIC que consisten en: i) abstenerse de presentar, directamente o a través de cualquiera de sus subordinadas, incluida ZELSA, nuevas ofertas para la prestación de servicios de operación de carga a granel u otras actividades que impliquen operar el terminal marítimo de Buenaventura; y ii) abstenerse de realizar publicidad en la que se promocione o divulgue como prestador directo del servicio de movilización de carga a granel en el puerto de Buenaventura.
Finalmente, y aunque no hay una investigación formal por esto, si es un tema que ha venido generando inconformidades al interior es algo que ha venido incomodando al interior de la Sociedad compañía y cuestionando a los accionistas, es que el Gerente Senior de Operaciones, el Argentino Claudio Mustico, sigue devengando un salario tasado en dólares americanos, superior al de la Gerencia General de la SPRBUN.
Las autoridades y la opinión pública tienen sus ojos en la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura y en caso de que se comprueben las irregularidades mencionadas anteriormente, la sociedad tendrá que responder con el pago de millonarias multas, además de una fuertes sanciones.