Recomendaciones para el proceso electoral

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Por: David Rodríguez

El próximo domingo 29 de octubre, tendrán lugar las elecciones regionales en todo el país, durante esta jornada los colombianos tendrán la oportunidad de elegir 1102 alcaldes, 32 gobernadores, 12,072 concejales, 6,885 ediles y 418 diputados. Para participar en estos comicios, solo se necesita contar con la cédula de ciudadanía y acercarse al lugar donde haya inscrito la cédula, en caso de desconocer su lugar de votación, podrá consultarlo en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Es importante mencionar que si no ha inscrito su cédula en un puesto de votación, según la Resolución 052 del 8 de enero de 2003 de la Registraduría del Estado Civil, le asignará un lugar de votación en la localidad o zona donde se expidió su documento de identidad.

Es pertinente aclarar, que cualquier persona cuya cédula de ciudadanía, haya sido emitida después del 7 de enero de 2003, estará automáticamente inscrita en el censo electoral y como ciudadano colombiano cuenta con el derecho de sufragar. Sin embargo, las personas cuyas cédulas fueron expedidas entre el 1 de enero de 1988 y el 7 de enero de 2003, deberán acercarse al puesto de votación mas grande del país  Corferias o en cualquier otro punto de censo en el país, para poder ejercer su Derecho al voto.

Para asegurar la validez de su voto, deberá tener en cuenta las siguientes pautas:

  1. Las mesas de votación operarán desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. Si alguien llega después de este horario, perderá su derecho a votar.
  2. Para ejercer el voto, se debe presentar la cédula de ciudadanía, ya sea la versión amarilla con hologramas o la cédula digital.
  3. Las personas con cédula de extranjería también pueden votar con el documento en vigencia.
  4. Antes de votar, se debe entregar el documento de identidad a los jurados de votación para garantizar el voto secreto.
  5. Si alguien tiene una discapacidad que le impide votar por sí mismo, puede ir acompañado de una persona de su elección o solicitar votar en secreto, según lo indiquen los jurados.
  6. Al recibir el tarjetón, se debe marcar el número del candidato o partido preferido (lista cerrada) con una cruz, círculo u otra marca clara.
  7. Cualquier otra marca en el tarjetón anulará el voto.
  8. Si hay dudas sobre el número del candidato preferido, se pueden solicitar los cuadernillos de guía a los jurados.
  9. No se permite usar el teléfono celular al votar, excepto para presentar la cédula digital ante los jurados.
  10. Al salir del lugar de votación, se debe recoger la cédula y el certificado electoral.
  11. Los colombianos que residen en el extranjero no pueden participar en las elecciones regionales.
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En el caso de Bogotá, es esencial anticipar que habrá una segunda vuelta de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo número 3 de 2019, el cual modifica el artículo 323 de la Constitución Política de 1991. Lo anterior siempre y cuando el candidato con la mayor cantidad de votos no supere el 40% del total de votos y además la diferencia entre este candidato y el segundo lugar sea de al menos 10 puntos porcentuales, bajo estas circunstancias, la segunda vuelta está programada para el 19 de noviembre de 2023.

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