Recusación del Gobierno abre nuevo capítulo en disputa por emergencia económica

La Presidencia argumenta que los togados tienen patrimonios sujetos al nuevo impuesto, lo que comprometería su imparcialidad en el fallo sobre el Decreto 1390 de 2025.

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El Gobierno del presidente Gustavo Petro abrió un nuevo capítulo en la controversia jurídica sobre la emergencia económica al presentar una recusación contra siete de los nueve magistrados de la Corte Constitucional que deben decidir la exequibilidad del Decreto Legislativo 1390 de 2025, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en el país.

Panorama general: La medida, firmada por el secretario Jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo Camacho, se sustenta en un presunto conflicto de interés derivado del patrimonio personal de los togados. Según el documento, los magistrados Paola Andrea Meneses Mosquera, Natalia Ángel Cabo, Carlos Camargo Assis, Héctor Alfonso Carvajal Londoño, Lina Marcela Escobar Martínez, Vladimir Fernández Andrade y Miguel Polo Rosero poseen bienes iguales o superiores a 40 mil UVT, equivalentes a más de $2.094 millones, cifra a partir de la cual el Decreto Legislativo 1474 de diciembre de 2025 fijó el impuesto al patrimonio.

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La Presidencia argumenta que, al ser sujetos pasivos directos de dicho tributo, los magistrados tendrían un interés económico “actual, directo, determinable y específico” en el fallo que deberán adoptar, pues la decisión incidiría de manera inmediata y cuantificable en su patrimonio personal.

Corte Constitucional enfrenta recusación inédita en debate sobre impuestos de la emergencia económica

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El caso se enmarca en un hecho inédito: el pasado 29 de enero, con ponencia del magistrado Camargo Assis, la Corte Constitucional ordenó la suspensión provisional del Decreto 1390 como medida cautelar, mientras se define un fallo de fondo. Nunca antes el alto tribunal había suspendido transitoriamente una norma sometida a su estudio.

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La decisión también detuvo temporalmente los efectos de los nuevos tributos creados bajo la emergencia, lo que generó un fuerte pronunciamiento del presidente Petro en su cuenta de X. “Al haber suspendido sin orden constitucional y contra sentencia de la misma Corte Constitucional con un fallo que no es de fondo ante un fallo que lo fue, los decretos de emergencia, en mi opinión, se prejuzgó”, escribió el mandatario.

Por qué es importante: Petro agregó que la Corte demostró “dañina” la emergencia sin analizar la situación económica real, que según él no responde a un fenómeno inflacionario, sino al encarecimiento de la deuda por el aumento de las tasas de interés.

Otro de los argumentos de la recusación apunta a la “sesión informal” que varios magistrados sostuvieron en Cartagena el 23 de enero, revelada por medios de comunicación. Noticias Uno informó que en esa reunión se discutió la ponencia de Camargo para suspender provisionalmente los decretos, señalando que la medida afectaba intereses de sus antiguos empleadores, la Federación Nacional de Departamentos, vinculada a gremios de tabacaleras y licoreras.

De hecho, esa federación solicitó formalmente a la Corte, por correo electrónico y escrito, que suspendiera el Decreto 1474 de 2025 y que, en su decisión de fondo, lo declarara inconstitucional con efectos retroactivos, incluyendo la nulidad de las medidas adoptadas bajo el estado de excepción.

La Secretaría Jurídica de Palacio pidió a la Corte Constitucional declarar fundada la recusación contra los siete magistrados, insistiendo en que la decisión sobre la constitucionalidad de los decretos que establecieron nuevos impuestos bajo la emergencia económica impactará de manera directa y cuantificable en su patrimonio personal.

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