Reforma pensional irá a tercer debate con umbral de 2,3 salarios para Colpensiones

El principal cambio es la eliminación de beneficios a indígenas y campesinos que pidió el senador Richard Fuelantala, quien completó el quorum para que el proyecto pudiera ser aprobada en Senado a última hora. No le cumplieron.

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Este viernes 17 de mayo fue presentada la ponencia para el tercer debate de la reforma pensional en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes por parte de la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez. Falta que se definan la fecha, que sería la próxima semana, para la discusión.

Avances y modificaciones en la reforma pensional presentada por el Gobierno

Umbral…

El artículo 3 que establece la estructura del nuevo sistema se mantiene como se aprobó en Senado. El Pilar Contributivo, en su componente complementario de ahorro individual, «está integrado por los afiliados al sistema cuyo ingreso sea superior a los 2.3 salarios mínimos», es decir, hasta ese umbral deberán cotizar en Colpensiones, a pesar de que el presidente Gustavo Petro había planteado que aumentara a 4 SMLMV.

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Mujeres con hijos…

Reforma pensional contempla cambios en las semanas de las mujeres con hijos
Foto: Redes sociales

En cuanto a los beneficios para las mujeres con hijos, el artículo 37 de la ponencia establece un cambio y explica que las que «cumplan la edad mínima para acceder a la pensión y no tengan las semanas establecidas en el Componente de Prima Media, podrán obtener el beneficio de disminuir en 50 semanas por cada hijo (a) nacido(a) vivo(a) o adoptivo(a) el número de semanas requeridas, hasta llegar a un mínimo de 1000 semanas por un máximo de tres hijos(as)».

Transición…

El texto destaca que «este beneficio no aplicará para las personas que se encuentren en Régimen de Transición».
Éste significa que, según el artículo 77, «las personas que tengan 750 semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y 900 semanas cotizadas, para el caso de los hombres, y que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, tendrán dos años a partir de la promulgación de la presente ley para trasladarse de régimen».

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Administrador de ahorros…

Otro punto importante es que se mantiene, ahora en el artículo 72, que el Banco de la República sea el administrador de los ahorros y no Colpensiones, desde que entre en vigencia la norma el 1 de julio del año 2025.

Campesinos e indígenas…

En el segundo debate en la plenaria del Senado, el voto 53 para lograr el quorum necesario, lo dio el senador Richard Fuelantala, del partido AICO, pero con la condición que se implementaran beneficios a la población campesina e indígena. Ese acuerdo no se respetó y el artículo 93, que incluía los beneficios, fue eliminado.

Ya algunas voces desde el gobierno y expertos habían advertido de la inviabilidad fiscal de la propuesta, sin embargo, como jugada política la bancada de gobierno aceptó la propuesta, pero ahora ignora el compromiso adquirido.

Los demás beneficios básicos se mantienen, como el subsidio a quienes no cotizaron (pilar solidario) y tengan 60 años las mujeres y 65 los hombres; y un ingreso estable para quienes cotizaron entre 300 y 1.000 semanas.

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