Santos firmó decreto que convoca a Consulta Popular Anticorrupción

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El 26 de agosto los ciudadanos responderán siete preguntas sobre reducción del salario de congresistas y altos funcionarios del Estado, así como la no casa por cárcel para corruptos y presupuestos públicos con participación ciudadana, entre otros aspectos.


Por: Redacción 360 Radio

El presidente Juan Manuel Santos firmó el Decreto 1028 del 18 de junio mediante el cual se convoca a los colombianos para que el próximo domingo 26 de agosto aprueben o rechacen el mecanismo de participación ciudadana denominado “Consulta Popular Anticorrupción”.

El mencionado decreto, también suscrito por los ministros del Despacho, precisa que su contenido es conforme a la inscripción realizada por el Comité Promotor reconocido por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Los ciudadanos en la fecha ya establecida deberán responder sí o no a las siguientes preguntas:

  1. Reducir el salario de congresistas y altos funcionarios del estado

¿Aprueba usted reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes-SMLMV, fijando un tope de 25 SMLMV como máxima remuneración mensual de los congresistas y altos funcionarios del Estado señalados en el artículo 197 de la Constitución Política?

  1. Cárcel a corruptos y prohibirles volver a contratar con el Estado

¿Aprueba usted que las personas condenadas por corrupción y delitos contra la administración pública deban cumplir la totalidad de las penas en la cárcel, sin posibilidades de reclusión especial, y que el Estado unilateralmente pueda dar por terminados los contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización alguna para el contratista ni posibilidad de volver a contratar con el Estado?

  1. Contratación transparente obligatoria en todo el país
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¿Aprueba usted establecer la obligación a todas las entidades públicas y territoriales de usar pliegos tipo, que reduzcan la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables y la contratación a dedo con un número anormalmente bajo de proponentes, en todo tipo de contrato con recursos públicos?

  1. Presupuestos públicos con participación de la ciudadanía

¿Aprueba usted establecer la obligación de realizar audiencias públicas para que la ciudadanía y los corporados decidan el desglose y priorización del presupuesto de inversión de la Nación, los departamentos y los municipios, así como en la rendición de cuentas sobre su contratación y ejecución?

  1. Congresistas deben rendir cuentas de su asistencia, votación y gestión

¿Aprueba usted obligar a congresistas y demás corporados a rendir cuentas anualmente sobre su asistencia, iniciativas presentadas, votaciones, debates, gestión de intereses particulares o de lobbistas, proyectos, partidas e inversiones públicas que haya gestionado y cargos públicos para los cuales hayan presentado candidatos?

  1. Hacer públicas las propiedades e ingresos injustificados de políticos elegidos y extinguirles el dominio

¿Aprueba usted obligar a todos los electos mediante voto popular a hacer público a escrutinio de la ciudadanía sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo; incorporando la facultad de iniciar de oficio investigaciones penales y aplicar la extinción de dominio al elegido y a su potencial red de testaferros como su cónyuge, compañero o compañera permanente, a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, y a sus socios de derecho o de hecho?

  1. No más atornillados en el poder: máximo 3 períodos en corporaciones públicas

¿Aprueba usted establecer un límite de máximo tres periodos para ser elegido y ejercer en una misma corporación de elección popular como el Senado de la República, la Cámara de Representantes, las Asambleas Departamentales, los Concejos Municipales y las Juntas Administradoras Locales?

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Así mismo el Decreto 1028 señala que de acuerdo con el artículo 34 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, a partir de la entrada en vigencia de esa normativa se podrán desarrollar campañas en favor, en contra o por la abstención para la consulta popular.

 

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