SuperTransporte dicta medida administrativa a Sociedad Ultra Air

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La Superintendencia de Transporte, adopto medida de vigilancia a Ultra Air. La cual busca garantizar el cumplimiento del plan de manejo de pasajeros, ante un eventual cese y/o suspensión de las operaciones.


Por: Redacción 360 Radio

La Superintendencia de Transporte mediante la Resolución N. 948 del 22 de marzo de 2023, le dictó medida admirativa a la sociedad Ultra Air. Esto se debe a que la aerolínea presenta baja liquidez, lo cual dificulta el compromiso con las obligaciones a corto plazo, generando un riesgo de incumplimiento con sus acreedores.

Con el antecedente de Viva Air, al dejar sus aviones en tierra y generó caos en el transporte aéreo, la Superintendencia de Transporte tomo cartas en el caso de Ultra Air, luego de que JetSmart emitiera una comunicación en la que confirmaba que echaba reversa a la intención de compra de la aerolínea naranja.

Según el comunicado de la SuperTransporte «la situación contractual relacionada con las aeronaves dispuestas para la prestación del servicio refleja una posible vulnerabilidad a la capacidad operativa que permita cumplir con su objeto social, así como con las obligaciones a su cargo, principalmente aquellas relacionadas con proveedores y ventas anticipadas de tiquetes».

Bajo estas circunstancias el la SuperTransporte dicto 5 medidas administrativas:

1. La Sociedad Ultra Air S.A.S, deberá implementar un plan de trabajo en donde se detalle un listado desagregado por rutas, el cual deberá incluir la programación de los vuelos comerciales, para cada uno de los siete (7) días de la semana, donde se identifique la aeronave y el personal de la tripulación para cada una de las frecuencias. 

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2. Deberá informar a la SuperTransporte todos los lunes antes de las 6:00 pm, por un término de tres (3) meses, sobre la toma de decisiones de los órganos de administración cuando se presente un riesgo de tipo económico y operacional que afecte la prestación del servicio. 

3. Deberá informar a la Dirección de Investigaciones de Concesiones e Infraestructura de la Superintendencia de Transporte, las negociaciones que adelante para su capitalización.

4. Deberá implementar acciones necesarias, preventivas o correctivas, relacionadas con el plan de manejo de pasajeros ante un eventual cese y/o suspensión de operaciones. 

5. Deberá informar a la Superintendencia de Transporte, el mecanismo de preservación de los pasivos por la venta anticipada de tiquetes para efectos de garantizar la efectiva medida de cumplimiento del plan de manejo de pasajeros, ante un eventual cese y/o suspensión de las operaciones. Sanción: El incumplimiento a estas órdenes podrá dar lugar a la imposición de multas sucesivas entre uno (1) y quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

La aerolínea Ultra explicó en días pasados que continuará con las operaciones pese a la incertidumbre que viven con la tasa de cambio, el precio del combustible y la inflación. Además desde la aerolínea hicieron un llamado de apoyo al Gobierno nacional para continuar con la prestación del servicio.

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