Tambalea Concejo Municipal de Itagüí

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Por: Pablo Bustos nchez

Una acción de pérdida  de investidura acaba de ser admitida por el Tribunal  Administrativo de Antioquia contra los  17 concejales que ilegalmente decidieron votar beneficios ilegales  en favor  de autoridades policiales mediante el acuerdo municipal 05 de 2012.

El alcalde Municipal de Itagüí presentó el proyecto de acuerdo respectivo, N° 6 con seis artículos, presentado en febrero de 2012 al Consejo Municipal,  cuyo contenido refiere el  otorgamiento de bonificación en especie a algunos miembros de la Policía Nacional, cuyos beneficiados serían: los agentes de la Policía Nacional adscritos a la escolta del primer Mandatario local, Comandante de Distrito,   Comandante de Estación del municipio y subcomandante de Estación del municipio.

Según el artículo cuarto de dicho proyecto  dichas bonificaciones se entregarían en especie: “Las bonificaciones a que hace referencia los artículos anteriores, serán reconocidas y pagadas mediante bonos de compra de reconocidos almacenes de cadena, supermercados o de libre circulación para compra en cualquier establecimiento público autorizado.¨

Conforme  al artículo quinto del mismo se afectaron recursos públicos mediante  tal determinación: “Autorícese al Señor Alcalde Municipal para hacer los traslados presupuestales correspondientes para el cubrimiento de los gastos que ocasione el presente Acuerdo.”

Sin embargo, dicho Acuerdo demandado por la Gobernación de Antioquia fue declarado nulo por el Tribunal Administrativo de Antioquia, el 10 de diciembre de 2012,  a través de la Sala Tercera de Decisión, con ponencia del magistrado Jairo Jiménez Aristizabal, dado que el Consejo Municipal carecía de competencia para adoptar dicha  determinación y afectar o destinar  de manera indebida  recursos públicos.

Siendo claro que la aprobación de dicho acuerdo no se trata solo constituye un acto contrario a los deberes de protección del patrimonio público cuyo encargo gravita en cabeza del conjunto de la administración municipal de Itagüí, sino que medida  fue declarada contraria a derecho por la  autoridad judicial competente, en proceso donde la propia alcaldía de este municipio, como cabeza y representante legal de dicho ente territorial, fue citada, oída y vencida, así como que hasta la fecha esa decisión no ha sido objeto de decisión judicial alguna  en su contra.

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Según dicho  Tribunal la potestad para otorgar dicho beneficios corresponde al Congreso de la Republica y al Gobierno Nacional, y por tanto ni las autoridades municipales como tampoco las departamentales.

En manera alguna se trata de negar la importancia  de mejorar los precarios ingresos de la fuerza pública, pero sí de respetar la igualdad de condiciones frente al conjunto de uniformados incluso de Itagüí, pues solo cobijaba las cabezas de esa institución, sin que los policías rasos que prestan su servicio no obtendrían ese “beneficio”, y que    obligaría  a mejorar las condiciones laborales en los restantes municipios del país así como al municipio le podría a futuro asumir  parte de las cargas laborales de los mismos dado que dicho aporte podría modificar la liquidación de sus sueldos y prestaciones.  Concejo y alcalde se dieron en la tarea de sustituir a las autoridades nacionales, además del sesgo ético con que se asignó a las cabezas de la policía municipal, es decir  a quienes mayor  ingreso tienen.

Ahora  el Tribunal procederá a notificar a los 17 concejales, oír  sus contestaciones, practicar pruebas y ágilmente decidir, dentro de los términos de ley, como muy juiciosamente lo viene haciendo el fondo de la disputa, donde hay una sentencia en contra de dicha bonificación, de por medio, en contra de los mismos, que en nuestro criterio derivara en “muerte política” de todo un concejo municipal por vía de perdida de investidura, decisión sin precedentes en la vigencia de la esta acción creada contra parlamentarios en la Constitución de 1991 y en por la ley 617 de 2000 para concejales y diputados, siendo la Red de Veedurías, quien más ha obtenido sentencias en su favor en dicha materia.

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Otras lupas

El Gobierno Nacional en mora de sancionar nueva ley de participación ciudadana:

La nueva ley de participación ciudadana se halla desde  hace cerca de tres meses se halla en espera de la simple  firma  del Gobierno Nacional para entrar en vigencia. Resulta sorprendente toda vez que esta ley puede ser la que más tiempo ha durado en su tramitación que comenzó en el 2012, fue revisada y devuelta al Congreso por errores en su trámite definidas por la Corte Constitucional. Esperamos que el Presidente Santos lo haga a la mayor  brevedad posible, como un deber que tiene con la democracia de participación y las posibles hojas de ruta del proceso de desmonte de la confrontación armada  derivado de los inclaudicables diálogos de paz  de la Habana.

Foros por la justicia sobre la reforma a la rama judicial en el “Equilibrio de Poderes”:

En los próximos días habrá foros públicos  en todo el país sobre la reforma a la justicia derivadas de la aprobación del “Equilibrio de Poderes” por parte del Congreso de la República. Dicho debate abierto se halla convocado por la Mesa Nacional por la Justicia integrada por jueces, magistrados, funcionarios judiciales y diversas organizaciones de la sociedad civil incluida la Red de Veedurías.

@pablobustossanc

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