Por: Redacción 360 Radio
En el primer mes del año 2020 el interés por créditos de consumo y ordinario no podrá ser superior al 28,16% efectivo anual, señaló la Superintendencia Financiera este viernes a través de una resolución.
La tasa, en el caso de un crédito de consumo y ordinario, regirá entre el 1 y 31 de enero del 2020. En el caso de los microcréditos – del cual la tasa es de 54,80% efectiva anual – estará vigente desde el 1 de enero y 31 de marzo del 2020.
En los créditos de consumo y ordinario la nueva tasa tiene una disminución de 21 puntos básicos con relación al periodo anterior, en la modalidad de microcrédito la reducción es de 4 puntos.
Quien reciba, cobre, directa o indirectamente a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para dichos periodos estén cobrando los bancos, estaría cometiendo un delito.