Un precedente funesto

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Actualmente hay 14 proyectos contratados para instalar 9 parques eólicos y 5 granjas solares en territorios de La Guajira y el Cesar.


Por: Amylkar Acosta

Mis palabras, con ocasión de un debate de control político a raíz de la decisión del Gobierno Nacional, que no compartí, de liquidar a las electrificadoras subsidiarias de Corelca para privatizar la prestación del servicio de energía eléctrica en la región Caribe resultaron premonitorias: vamos a salir de las llamas para caer en las brasas. Electricaribe, que fue la empresa que lo asumió, se convirtió para sus usuarios en una verdadera pesadilla, obligando al Gobierno a liquidarla. 

El departamento de La Guajira no es la excepción sino de la regla. Un estudio técnico adelantado por la UPME llegó a la conclusión, aludiendo a esta falencia, que “la ausencia de las obras de refuerzo eléctrico implica una situación de desatención del abastecimiento de energía en su área de influencia”.

Entonces, para mejorar la prestación del servicio se requiere contar con un anillo eléctrico entre los municipios de Riohacha – Maicao y la subestación de Cuestecitas y así estabilizar el fluido eléctrico. Como Ministro de Minas y Energía priorizamos dicho proyecto en el Plan5Caribe mediante la Resolución 093 de 2014 de la CREG.

En el año 2016, finalmente, el Gobierno Nacional adjudicó el contrato para ejecutar este proyecto a la firma Elecnorte. Tal y como lo dispone la normatividad legal esta procedió a adelantar las consultas previas correspondientes con las comunidades debidamente certificadas por el Ministerio del Interior. 

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No obstante, 32 meses después del Acuerdo suscrito por la empresa con las comunidades y cuando solamente falta el 10% para terminar el tendido de las líneas un Juez, contrariando lo dispuesto por el Tribunal Superior, procedió a fallar favorablemente la tutela interpuesta por parte de quienes alegan a estas alturas no haber sido consultados y ordenó suspender la terminación del proyecto.

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Esto, a todas luces, es un despropósito, por cuanto ordenar la parálisis de la ejecución de este importante proyecto es una medida desproporcionada, habida consideración de que si de lo que se trata es de salvaguardar el derecho a la consulta previa, según Sentencia de la Corte Constitucional SU -123 de 2018 “la consulta procede aun cuando el proyecto esté en marcha e incluso cuando haya finalizado”.

Este es un precedente funesto y si no se le pone coto, el uso y abuso de las consultas previas por parte de impostores que se arrogan la representación de las comunidades en su propio beneficio, pueden dar al traste con los 14 proyectos contratados para instalar 9 parques eólicos y 5 granjas solares en territorios de La Guajira y el Cesar, con los cuales Colombia está dando los primeros pasos de su Transición energética. Está de por medio, además, una inversión inicial de $10 billones y la generación de 50.000 empleos, beneficio este que terminará extendiéndose al resto del país garantizándole mayor confiabilidad y firmeza a la prestación del servicio de energía.

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