Los trabajadores en Colombia que podrían pensionarse sin importar su edad

Estos trabajadores podrían pensionarse con 1029 semanas trabajadas sin importar la edad. Estos son los detalles.

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La inmensa mayoría de trabajadores en Colombia sueñan con un retiro tranquilo, pero las cifras demuestran que para la gran mayoría esa meta sigue siendo esquiva. Al cierre de 2023, el sistema registraba 25,8 millones de afiliados, pero solo 10,3 millones cotizaron efectivamente en diciembre y apenas 1,97 millones reciben hoy una mesada; es decir, menos del 8 % de quienes aportan de manera formal alcanzan la pensión.

Incluso entre quienes ya cumplieron la edad legal (57 años mujeres, 62 hombres) la realidad es cruda: solo el 18 % obtiene una pensión completa. Si se mira el segmento de adultos mayores de 60 años, apenas el 25,5 % está pensionado.

Estas cifras resumen un problema de décadas: la informalidad laboral, los salarios sobre el mínimo y la discontinuidad en los aportes dejan a la mayoría de los trabajadores en Colombia sin el colchón que supone una pensión. Así, la jubilación suele convertirse en una carrera contra el tiempo y contra el bolsillo: más años en el mercado laboral y, muchas veces, la necesidad de recurrir a programas asistenciales.

Trabajadores en Colombia que podrían pensionarse más rápido

Los trabajadores en Colombia que podrían pensionarse sin importar su edad
Foto: Redes sociales

En contraste con esa realidad, el personal de custodia y vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) cuenta con un régimen especial que, si se consolida el proyecto de ley radicado el 8 de mayo de 2023, podría permitirles jubilarse tras 20 años de servicio, sin importar la edad.

La iniciativa, respaldada por la Unión de Trabajadores Penitenciarios (UTP) y doce senadores de la Comisión Séptima, fija además un mínimo de 1 029 semanas cotizadas y dispone que la mesada se liquide sobre el 75 % del salario devengado en el último año.

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La propuesta no surge de la nada; se apoya en un entramado normativo que por décadas ha reconocido la peligrosidad de la labor penitenciaria:

  • Ley 32 de 1986 –creó la pensión especial de jubilación para la Guardia Nacional a los 20 años de servicio.

  • Decreto 407 de 1994 –remitió a la Ley 32 para el personal de custodia y vigilancia.

  • Decreto Ley 2090 de 2003 –clasificó la actividad como de alto riesgo y estableció un régimen de transición: quienes tuvieran 500 semanas cotizadas a 28 de julio de 2003 conservaron el derecho a pensionarse al completar 1 000 semanas con las reglas históricas.

  • Artículo 140 de la Ley 100 de 1993 –extendió el beneficio a todos los servidores del Inpec (excepto administrativos) bajo la categoría de alto riesgo.

Para la UTP, esta reforma “reconoce la vida misma que dejan los guardianes tras esos muros” y responde a la realidad de un oficio donde “las condiciones de trabajo representan un desafío constante para la salud y seguridad de los guardias”. El sindicato documenta trastornos de sueño por turnos extensos, episodios de violencia que derivan en estrés postraumático y carga laboral que interrumpe vacaciones y afecta la salud mental.

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¿Qué implica para el sistema pensional?

El proyecto introduce una ecuación particular: cotizar menos semanas que el régimen general —1 029 frente a 1 300— e ignorar la edad como requisito, pero a cambio reconoce un salario base relativamente alto (75 %). Los analistas ven dos efectos:

  1. Justicia laboral sectorial. Compensa la alta rotación y los riesgos físicos y sicológicos de la función carcelaria.

  2. Presión fiscal contenida. El universo de beneficiarios —unos 15 000 a 17 000 trabajadores— es pequeño frente a los 10 millones de cotizantes del sistema. El costo es manejable si se compara con la brecha de cobertura general, donde más de tres cuartas partes de los adultos mayores no reciben mesada.

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