El Juzgado 61 de Bogotá falló a favor de Jesús Santrich y suspendió el plazo que tenía el exguerrillero para ocupar su curul en el Congreso.
Por: Redacción 360 Radio
Según el artículo 183 de la Constitución, si un congresista no toma posesión de su cargo dentro de los ocho días siguientes a las instalaciones de las cámaras o a la fecha en la que fue citado, se expondría a la pérdida de investidura.
Pese a que este miércoles se venció el pazo para que los congresistas se posesionaran, y quienes no lo hicieran quedaran expuestos a perder su puesto, el Juzgado 61 de Bogotá realizó un dictamen que favoreció a Santrich y ordenó interrumpir el plazo que tenía para la posesión, debido a que él no asistió “por fuerza mayor”.
«Es necesario con el ánimo de proteger los derechos del señor Hernández y evitar que se produzcan otros daños como consecuencia de los hechos realizados, la declaración de fuerza mayor para los efectos del artículo 183 de la Constitución Nacional y la orden de interrupción del término para posesión de modo que se impida la obstrucción del cumplimiento de una eventual decisión a las pretensiones del actor”, afirma el documento expedido el 1 de agosto.
Por dicha razón, quedaría abierta la posibilidad de que Jesús Santrich pueda ocupar su curul en el Congreso, ya que por ahora, no será posible dar inicio al proceso de pérdida de investidura.
En estudio de Acción de Tutela interpuesta por Jesus Santrich, que busca garantizar sus derechos políticos y la implementación del acuerdo de paz, como medida cautelar Juzgado declara Fuerza Mayor y suspende los términos para su posesión. pic.twitter.com/dTlh3W9324
— #SantrichLibre (@SantrichLibre) 1 de agosto de 2018