Andrés Felipe Arias no debió pasar un solo día privado de la libertad

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Por: Catalina Escobar

Aunque me alegra enormemente que un juez le concediera la casa por cárcel al exministro, la verdad es que él no debió pasar un solo día privado de la libertad. Y aunque esto es un paso más para recuperar su vida, todavía nos queda un sin sabor a quienes creemos en su inocencia.

En principio, ¿por qué condenaron a Andrés Felipe Arias?:

1. Celebración de contratos sin el lleno de requisitos legales:

Lo primero que debe aclararse es que el entonces ministro no celebró contrato alguno. La verdad, es que firmó unos convenios de cooperación científica y tecnológica con el Instituto Interamericano de Cooperación en Agricultura (IICA), una prestigiosa institución multilateral que hace parte del sistema interamericano  (Organización de los Estados Americanos – OEA –). Es por lo anterior, que para los convenios 003/2007, 055/2008 y 052/2009 no se requería una licitación pública.

Fue la Fiscalía la encarda de tergiversar a tal punto la verdad, que presentó ante la Corte Suprema de Justicia dichos convenios como contratos públicos convencionales que debían someterse a licitación pública. En efecto, la Fiscalía construyó todo este entramado basándose en el supuesto de que los convenios 003/2007, 055/2008 y 052/2009 carecían de componente científico o tecnológico alguno. ¡Es absurdo negar que los sistemas de riego  carezcan de naturaleza científica y tecnológica!

Por otro lado, no era la primera vez que el Ministerio de Agricultura y el IICA firmaban convenios de cooperación científica y tecnológica sin licitación pública. De hecho, entre 1993 y el 5 de febrero de 2005 (el día en que Andrés Felipe Arias asumió el cargo de ministro de Agricultura), el Ministerio de Agricultura suscribió 132 convenios de cooperación científica y tecnológica con el IICA sin ningún tipo de licitación pública. Ningún otro exministro de Agricultura está envuelto en ningún tipo de investigación y mucho menos acusaciones penales por firmar dichos convenios.

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2. Peculado a favor de terceros:

A Arias le confirieron el delito de peculado a favor de terceros, sustentando que el exministro controlaba la adjudicación de los incentivos de riego de AIS y, de este modo, habría permitido y consentido el fraccionamiento fraudulento de predios por medio de algunos particulares que engañaron al programa y lograron acceder a más recursos de los legalmente permitidos.

Lo primero que se debe tener en cuenta es que el ministro NO definía a quien se le adjudicaban los recursos del programa. La verdad es que TODOS los módulos de AIS eran operados por entidades ajenas al Ministerio de Agricultura. Para el módulo de riego, era el IICA el encargado de elegir, con plena autonomía técnica, a los beneficiarios. Por lo tanto, era imposible que el exministro tuviera la potestad de beneficiar a alguien en particular.

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Ahora bien, los particulares que subdividieron sus predios, aseguraron en juicio que NUNCA tuvieron contacto, ni con Andrés Felipe Arias, ni con ningún funcionario de Ministerio. La trampa la confeccionó un particular del Magdalena que les vendió la idea y a quien hasta hoy, la Fiscalía no le ha hecho nada. Entonces, si Arias no conocía a los particulares que cometieron el fraude y se probó en juicio que no obtuvo ningún beneficio (ni económico, ni político) por esto, ¿cuál era el móvil de los supuestos delitos del exministro? La verdad es que no hubo ni móvil, ni delito, sin embargo, lo condenaron.

Andrés Felipe Arias lleva casi 10 años privado de la libertad condenado por estos dos supuestos delitos. Y lleva el mismo tiempo condenado por la opinión pública porque en el imaginario colectivo quedó la idea de que le robó recursos a los campesinos, cuando ni siquiera en está condenado por esto.

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Para la verdad el tiempo, para la justicia DIOS.

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