Aprobada Reforma Pensional en tercer debate: umbral en 2,3 salarios y otros puntos clave que debe conocer

De acuerdo a lo aprobado, el proyecto entrará en vigencia el 1 de julio de 2025, el Banco de la República manejará fondo de ahorro del pilar contributivo y el umbral para cotizar en Colpensiones es de 2,3 salarios mínimos.

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Después de cuatro días de abrirse la discusión de la reforma pensional fue aprobado en tercer debate en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes el proyecto. Ahora solo falta el debate en la plenaria.

Entre los artículos aprobados este jueves 23 de mayo está el 2 que excluyó en los pilares contributivo y semicontributivo a las fuerzas militares por régimen especial, el 64 sobre fondo generacional, para asegurar ahorro de los jovenes en el tiempo; el 93 que establece que el Banco de la República será el administrador del fondo de ahorro, y el 94 de vigencias, donde queda claro que el proyecto entra en vigencia el 1 de julio del año 2025.

Umbral de 2,3 salarios, según la Reforma Pensional

Ya el día anterior fueron aprobados los cuatro artículos relacionados con el umbral de hasta 2,3 salarios mínimos para cotizar obligatoriamente en Colpensiones. El 3 fue avalado tal como se presentó en la ponencia y el 13, 20 y 33 con proposiciones.

Reforma Pensional - Debate en Comisión VII de Cámara
Reforma Pensional – Debate en Comisión VII de Cámara

En cuanto al aval fiscal consolidado por parte del Ministerio de Hacienda, la respuesta de la representante Marta Alfonso ha sido que hasta el último debate hay oportunidad para presentarlo de manera consolidada.

Alfonso defiende que se mantenga el 1 de julio de 2025 como fecha de inicio de operaciones del nuevo sistema.

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Beneficios a mujeres

Desde el martes ya tenían luz verde 37 artículos, entre los que destacan beneficios para madres de hijos con hijos. Se les establece mínimo 1.000 semanas cotizadas. Pueden pedir hasta una rebaja de 50 semanas por cada hijo, máximo tres, si su período de pensión es a partir de julio de 2025, cuando se supone entra en vigencia la ley.

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Cotización por días y semanas

Pero otro punto clave que pasó sin proposiciones, porque los artículos fueron votados en bloque, es el de cotizar por días y por semana, lo cual fue defendido por la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, y el viceministro Iván Jaramillo.

De igual forma, se aprobarob otros álgidos como el 28, 29 y 32, que detallan la base de cotización mínima semanal, cuyo costo es a partir de lo equivalente a una cuarta parte del salario mínimo mensual.

«A los afiliados que no estén en el régimen de transición y que cumplan 62 años de edad si es mujer o 65 años de edad si es hombre después de la entrada en vigencia de la presente ley y que después de hacer uso del sistema actuarial de equivalencias establecido en esta ley, no reúnan las semanas mínimas para acceder a la pensión de vejez del Pilar Contributivo y que tengan más de (1000) semanas cotizadas, podrán disfrutar de la prestación anticipada de vejez. Esta prestación se liquidará con la misma fórmula establecida para la pensión de vejez de esta ley, pero de manera proporcional a las semanas cotizadas».

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