Después de semanas de debates intensos, ajustes de último minuto y una votación cerrada en el Senado, la reforma laboral impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro superó uno de sus mayores obstáculos legislativos. El Congreso aprobó los artículos claves que reestructuran la jornada de trabajo en Colombia, con implicaciones directas para millones de trabajadores y empleadores en todo el país.
Estas son las transformaciones más significativas que llegan con la nueva reforma y lo que significarán para el mundo laboral colombiano.
Reforma laboral 2025: Jornada laboral redefine los horarios diurno y nocturno
El artículo 11 de la reforma establece un nuevo límite horario para diferenciar la jornada diurna de la nocturna. A partir de su entrada en vigor —que ocurrirá seis meses después de la sanción presidencial— el trabajo diurno irá desde las 6:00 a. m. hasta las 7:00 p. m., y el trabajo nocturno será el que se realice entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m.
Esto implica un cambio sustancial respecto a la legislación vigente, en la que la jornada diurna se extendía hasta las 9:00 p. m. El nuevo límite incrementará el número de horas que deben ser remuneradas con recargo nocturno, lo que impactará especialmente a sectores que operan en turnos vespertinos o nocturnos, como la vigilancia, el comercio y los call centers.
Mientras el artículo 12 fija una nueva jornada máxima semanal de 42 horas, que podrá distribuirse en jornadas diarias de hasta ocho horas. Sin embargo, se abre la puerta a una jornada laboral de cuatro días, siempre que haya un acuerdo entre empleador y trabajador. En este modelo, se trabajarían 10,5 horas por día durante cuatro jornadas, con tres días de descanso continuo, sin que esto genere horas extra.
No obstante, existe una contradicción dentro del texto aprobado: se sugiere que el límite diario debería ser de nueve horas, lo que podría generar ambigüedades en su interpretación. Se espera una reglamentación complementaria que aclare este punto.
Nuevos topes para las horas extra: máximo dos al día y 12 por semana
Con la aprobación de los artículos 13 y 14, la reforma establece controles más estrictos sobre las horas extra. A partir de su entrada en vigencia, solo se podrán laborar hasta dos horas extra por día y un máximo de 12 horas por semana. Además, los empleadores estarán obligados a llevar un registro detallado que incluya si la hora fue diurna o nocturna, cuántas se trabajaron y en qué tipo de actividades.
Quedan exceptuados de esta norma los sectores de seguridad (como lo establece la Ley 1920 de 2018) y el sector salud, que continuarán bajo sus regímenes especiales.
Los abogados laboralistas destacan que el proyecto refuerza las obligaciones empresariales en el pago de horas extra. Exceder los límites establecidos sin reconocimiento y remuneración podrá derivar en sanciones severas para las compañías.
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