El panorama de las mediciones electorales en Colombia enfrenta una nueva sacudida. La Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas del Consejo Nacional Electoral (CNE) ha recibido dos informes de auditoría que recomiendan una medida drástica: suspender el registro oficial de la firma AtlasIntel, lo que le impediría seguir operando legalmente en el país.
La controversia no es menor. Según los documentos revelados inicialmente por Caracol Radio, la metodología que ha dado fama global a la firma, y que la posicionó como una de las más precisas en los Estados Unidos, choca frontalmente con el marco jurídico colombiano, específicamente con la Ley 2494 de 2025.
El núcleo del debate radica en la naturaleza de la recolección de datos. Mientras AtlasIntel se presenta como una encuestadora de vanguardia, los informes de auditoría sostienen que sus mediciones son, en realidad, sondeos de opinión no probabilísticos.
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El primer informe, suscrito por el comisionado Álvaro Mauricio Montenegro, analiza una medición realizada para la revista Semana. El documento es tajante: el sistema de «reclutamiento digital orgánico» utilizado por la firma se apoya en supuestos que no son observables ni verificables empíricamente.
«No se puede respaldar el margen de error del 2 % que reporta la firma, pues no existe un control probabilístico de inclusión», señala el informe.
En otras palabras, la ley colombiana exige que cada ciudadano dentro del universo encuestado tenga una probabilidad conocida y verificable de ser seleccionado. Al ser un modelo puramente digital y orgánico, la auditoría considera que se rompe el principio de representatividad estadística.

El segundo informe de auditoría profundiza en las faltas administrativas y técnicas. En total, se señalan seis irregularidades críticas que comprometen la transparencia de la firma:
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Confusión metodológica: Publicar como «encuesta» lo que técnicamente clasifica como un sondeo.
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Extemporaneidad: Entrega de información al CNE fuera de los plazos legales.
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Opacidad financiera: Omisión en el reporte de aportes a campañas políticas.
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Alteración de diseño: Divulgación de preguntas en un orden distinto al que fueron aplicadas originalmente.
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Falta de control: Ausencia de mecanismos para demostrar la aleatoriedad exigida por la ley.
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Incumplimiento legal: Violación directa de los estándares de la Ley 2494 de 2025.
La posible salida de AtlasIntel se suma a un entorno cada vez más restrictivo para la demoscopia en Colombia. Recientemente, la firma GAD3, una de las mejor evaluadas en el país, abandonó el mercado nacional citando los efectos de la denominada «ley mordaza».
Actualmente, solo quedan cuatro consultoras principales operando en el país. Si el CNE acata las recomendaciones de las auditorías y suspende a AtlasIntel, el mercado quedaría reducido a solo tres firmas, limitando la diversidad de datos en un momento crucial para la opinión pública.
Por qué es importante: Según La Silla Vacía, AtlasIntel ostenta una calificación de 5,9, situándose en un rango medio de desempeño tras evaluar su precisión en las elecciones de 2018, 2022 y las consultas de 2026. No obstante, el análisis de dicho ranking también arroja un dato político relevante: el margen de error de esta firma ha mostrado una tendencia histórica a favorecer a candidatos de sectores de derecha.
El CNE deberá decidir en los próximos días si aplica la suspensión provisional. De confirmarse, el debate sobre si la legislación colombiana se quedó rezagada frente a los métodos digitales o si, por el contrario, protege la rigurosidad científica frente a «experimentos» online, cobrará más fuerza que nunca.