El Gobierno Nacional está ultimando un proyecto de decreto que busca establecer lineamientos claros para la suspensión temporal y el abandono definitivo de pozos de exploración y explotación de gas y petróleo en Colombia, tanto en operaciones continentales como costa afuera. Este marco normativo responde a la necesidad de garantizar estándares técnicos y ambientales adecuados durante todo el ciclo de vida de los pozos.
Panorama general: La normativa establece que los pozos perforados, terminados sin servicio o que hayan cesado operaciones como producción, inyección o monitoreo, no podrán permanecer inactivos por más de seis meses continuos. Durante este tiempo, los pozos deberán ser asegurados operacionalmente con válvulas en superficie o subsuelo y monitoreados frecuentemente para garantizar su integridad.
Si transcurrido este plazo el operador no presenta una justificación técnica, el Ente de Fiscalización determinará si el pozo puede ser reutilizado, suspendido temporalmente o abandonado de manera definitiva.
Suspensiones temporales y prórrogas
El decreto propone plazos específicos para la solicitud de suspensión temporal:
- Primera solicitud: El operador deberá presentar la documentación requerida al menos 30 días antes de que finalice el periodo de inactividad.
- Pozos en perforación: La suspensión inicial será por tres meses, prorrogables hasta un máximo de nueve meses.
- Pozos perforados y terminados sin servicio: Podrán solicitar suspensión por seis meses, con una prórroga máxima de 12 meses.
- Pozos que han prestado servicio (continentales y costa afuera): La suspensión será autorizada por 12 meses, prorrogable hasta un máximo de 36 meses.
El Ente de Fiscalización contará con 15 días hábiles para responder a las solicitudes. Si no hay respuesta dentro de este plazo, el pozo mantendrá su estado reportado hasta obtener una resolución.
Por qué es importante: Esta normativa busca establecer prácticas reconocidas internacionalmente para garantizar la seguridad, integridad y sostenibilidad de los pozos petroleros en el país. Además, las compañías operadoras deberán cumplir con la normativa vigente en materia ambiental, laboral y de seguridad, reforzando su compromiso con el desarrollo responsable de recursos naturales.
Con estas medidas, el Gobierno espera fortalecer la regulación del sector, mejorar la gestión de los pozos inactivos y garantizar un menor impacto ambiental en las actividades de exploración y explotación.
Explotación de gas y petróleo: requisitos para el abandono definitivo
Los lineamientos para el abandono definitivo incluyen la evaluación de las características geológicas, los fluidos del pozo, la presión del yacimiento y las condiciones mecánicas. Entre los requisitos destacan:
- Prevención de contaminación: Evitar impactos en el área circundante y cuerpos de agua superficiales o subterráneas.
- Equipos de perforación confiables: Capaces de manejar las condiciones de presión, temperatura y profundidad.
- Uso de cementos certificados: Cumpliendo con las especificaciones del API Specification 10A o normativas equivalentes.
- Sellos transversales en barreras primarias: Garantizando la hermeticidad horizontal y vertical.
- Control del lodo o fluido del pozo: Con densidades adecuadas para prevenir fugas o pérdidas de fluidos.
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